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Conformarán Comisión Censal dentro de cada Municipio y Distrito Municipal para X Censo Nacional de Población y Vivienda

El decreto 607-21 emitido por el presidente de la República puntualiza la creación de la Comisión Nacional Censal (CNC), integrada por 26 organismos estatales y presidida por el Ministerio de Economía, la cual tiene la responsabilidad de la conformación de la Comisión Censal Municipal o Distrital, la cual colaborará con la organización y el levantamiento de las tareas censales dentro de los límites de cada municipio o distrito municipal.

La Comisión Censal Municipal o Distrital estará compuesta por el alcalde del municipio o el director o directora del distrito municipal, quien lo presidirá. También autoridades a nivel local de los Ministerios de Economía, Educación y Agricultura, además representante del Servicio Nacional de Salud (SNS), de la Sociedad Civil, encargado o encargada municipal de Censo y directora de la ONE o a quien designe.

La Oficina Nacional de Estadística (ONE) tendrá a su cargo la coordinación del X Censo Nacional de Población y Vivienda, un proyecto país que constituye la principal fuente de información y datos poblacionales.

Este censo tendrá una duración de 14 días. Se desarrollará bajo la modalidad de derecho o “jure”, en la que las personas serán empadronadas en su lugar de residencia para recabar información. El mismo se llevará a cabo utilizando dispositivos móviles; el empadronamiento se realizará mediante una entrevista personal asistida por computadora (CAPI) utilizando una tableta que contiene la aplicación de recopilación de datos desarrollada por la ONE.

Con respecto al personal, el decreto puntualiza que la ONE será responsable de reclutar a los colaboradores necesarios para la realización del Censo. La jornada de reclutamiento se estará publicando únicamente por las plataformas institucionales oficiales de la ONE.

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Conformarán Comisión Censal dentro de cada Municipio y Distrito Municipal para X Censo Nacional de Población y Vivienda

El decreto 607-21 emitido por el presidente de la República puntualiza la creación de la Comisión Nacional Censal (CNC), integrada por 26 organismos estatales y presidida por el Ministerio de Economía, la cual tiene la responsabilidad de la conformación de la Comisión Censal Municipal o Distrital, la cual colaborará con la organización y el levantamiento de las tareas censales dentro de los límites de cada municipio o distrito municipal.

La Comisión Censal Municipal o Distrital estará compuesta por el alcalde del municipio o el director o directora del distrito municipal, quien lo presidirá. También autoridades a nivel local de los Ministerios de Economía, Educación y Agricultura, además representante del Servicio Nacional de Salud (SNS), de la Sociedad Civil, encargado o encargada municipal de Censo y directora de la ONE o a quien designe.

La Oficina Nacional de Estadística (ONE) tendrá a su cargo la coordinación del X Censo Nacional de Población y Vivienda, un proyecto país que constituye la principal fuente de información y datos poblacionales.

Este censo tendrá una duración de 14 días. Se desarrollará bajo la modalidad de derecho o “jure”, en la que las personas serán empadronadas en su lugar de residencia para recabar información. El mismo se llevará a cabo utilizando dispositivos móviles; el empadronamiento se realizará mediante una entrevista personal asistida por computadora (CAPI) utilizando una tableta que contiene la aplicación de recopilación de datos desarrollada por la ONE.

Con respecto al personal, el decreto puntualiza que la ONE será responsable de reclutar a los colaboradores necesarios para la realización del Censo. La jornada de reclutamiento se estará publicando únicamente por las plataformas institucionales oficiales de la ONE.

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