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Destituyen jueza de la Romana; suspende 30 días a otro magistrado

Además, el CPJ declaró culpable al magistrado Ramón Francisco Ureña Ángeles, juez de la Tercera Sala Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de Santiago.

El Consejo del Poder Judicial (CPJ) destituyó a la magistrada Aristilda Mercedes Rodríguez, de la Primera Sala del Juzgado de Paz Especial de Transito del Distrito Judicial de La Romana, y suspendió por 30 días sin disfrute de salario a otro juez, ambos por cometer faltas en el ejercicio de sus funciones.

El CPJ declaró culpable a Rodríguez de violar los artículos 41 numeral 3, 61 y 66 numeral 2 de la ley 327-98 sobre Carrera Judicial y los principios de conciencia funcional e institucional, equidad, honestidad, legalidad, motivación de las decisiones judiciales, prudencia y responsabilidad contenidos en el Código de Comportamiento Ético del Poder Judicial.

Asimismo, la encontró culpable de infringir los artículos 20, 22, 23, 24, 37, 38, 42, 43, 44, 55, 69, 71 y 82 del Código Iberoamericano de Ética Judicial y el 149 de la Constitución de la República.

Esa decisión contó con el voto disidente de los consejeros Fernando Fernández Cruz y Leonerdo Recio Tineo.

Esta decisión también contó con el voto disidente del consejero Fernando Fernández Cruz.

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Destituyen jueza de la Romana; suspende 30 días a otro magistrado

Además, el CPJ declaró culpable al magistrado Ramón Francisco Ureña Ángeles, juez de la Tercera Sala Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de Santiago.

El Consejo del Poder Judicial (CPJ) destituyó a la magistrada Aristilda Mercedes Rodríguez, de la Primera Sala del Juzgado de Paz Especial de Transito del Distrito Judicial de La Romana, y suspendió por 30 días sin disfrute de salario a otro juez, ambos por cometer faltas en el ejercicio de sus funciones.

El CPJ declaró culpable a Rodríguez de violar los artículos 41 numeral 3, 61 y 66 numeral 2 de la ley 327-98 sobre Carrera Judicial y los principios de conciencia funcional e institucional, equidad, honestidad, legalidad, motivación de las decisiones judiciales, prudencia y responsabilidad contenidos en el Código de Comportamiento Ético del Poder Judicial.

Asimismo, la encontró culpable de infringir los artículos 20, 22, 23, 24, 37, 38, 42, 43, 44, 55, 69, 71 y 82 del Código Iberoamericano de Ética Judicial y el 149 de la Constitución de la República.

Esa decisión contó con el voto disidente de los consejeros Fernando Fernández Cruz y Leonerdo Recio Tineo.

Esta decisión también contó con el voto disidente del consejero Fernando Fernández Cruz.

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