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Procuraduría solicita prisión preventiva contra senador Felix Bautista

Asimismo, solicito la Procuraduría General de la Republica en aplicación de las disposiciones de los artículos 226 numeral 7, 294 (parte in fine), y 301 numeral 6 del Código Procesal Penal, que se imponga como medidas de coerción consistente en prisión preventiva a los ciudadanos Félix Ramón Bautista Rosario, Soraida Antonia Abreu Martínez, José Elías Hernández, por ser ésta la única que garantiza que los mismos no se sustraigan al proceso penal que se le sigue por hechos graves.

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Adocco objeta decisión de archivar querella contra Félix Bautista

La Alianza Dominicana Contra la corrupción (Adocco) deposito ante la secretaria de la Suprema Corte de Justicia  la Objeción contra el dictamen del ministerio público, representado por la Dirección Nacional de Persecución de la Corrupción Administrativa, DPCA, evacuado días antes del cambio de autoridades y notificado el día 15 de agosto, como regalo, aprovechando el momento que vivía el país; la denuncia contra el senador y ex director de la Oficina de Ingenieros Supervisores de Obras del Estado (OISOE) Félix Ramón Bautista Rosario, fue presentada en el mes de mayo por el manejo irregular de más de 12 mil millones de pesos durante el año 2008, revelados en la auditoría realizada por la Cámara de Cuentas de la República.

En su instancia dirigida al presidente de la Suprema Corte de Justicia la organización de la sociedad civil le pide a esta: 

Primero: declarar regular y válida en cuanto a la forma la presente objeción al auto No. 03093 de fecha 13 de Agosto del 2012, dictado por la Dirección Nacional de Persecución de la Corrupción Administrativa (DPCA) instaurada por la Alianza Dominicana Contra Corrupción (ADOCCO), por haber sido formulada de conformidad con lo que dispone la norma procesal.

Segundo: revocar el auto No. 03093 de fecha 13 de Agosto del 2012, dictado por la Dirección Nacional de Persecución de la Corrupción Administrativa (DPCA) que dispone el archivo provisional de la investigación seguida al señor Félix Ramón Bautista Rosario por presunto enriquecimiento ilícito, previsto y sancionado por losartículos 174 al 183 del Código Penal Dominicano, así como también por violación a lasleyes Nos: 82-79, 10-07, 423-06, 340-06, 146-02 y 41-08 y en consecuencia ordenar la prosecución de la investigación  al Ministerio Público adscrito a la Dirección Nacional de Persecución de la Corrupción Administrativa (DPCA) y realizar las pesquisas e indagaciones que propondrá la parte denunciante, para profundizar la investigación.

Entre las irregularidades detectadas en la experticia se encuentran: c) el incremento o aumentos ilegales de las obras contratadas entre 2005 y 2008, por la suma de 6,523.9 millones de pesos; d) sobrevaluación del Palacio de Bellas Artes y construcción de los parqueos soterrados de esa institución, elevado de 761.1 millones de pesos a 1,601.8 millones de pesos; e) contratar obras por un monto superior al presupuestado, sin definirse de donde se obtendrían los fondos excedentarios.

La organización de la sociedad civil representada por Julio cesar de la Rosa Tiburcio y Rigoberto Rosario, sustento su denuncia en los instrumentos legales, entre los que cito la Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción, la Convención Interamericana contra la Corrupción, la Constitución de la Republica y sus artículos 22, 75.12, 146, numerales 1, 2 y 3, 139 y 246, entre otros; la Ley Orgánica de Presupuesto para el Sector Publico, No. 423-06, los Arts. 4.4 Y 32 de la Ley 41-08, de Función Pública; laLey No. 10-07, que instituye el Sistema Nacional de Control Interno y de la Contraloría General de la República, del 8 de enero de 2007, Artículo 25; los artículos 29 y 31 del Código Procesal Penal; la Ley 137-11, Orgánica del Ministerio Publico, el Art. 6 de la Ley 82-79 y los artículos 174 al 183 del Código Penal, entre otros.

 

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