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Tribunal de Santiago limita la propaganda política a la campaña

El dispositivo quinto indica que "ordena al Ayuntamiento del municipio de Santiago y a la Junta Municipal Electoral de Santiago la prohibición a los candidatos a cargos electivos, la colocación en los espacios públicos urbanos cualquier formato, estructura, plataforma y diseño gráfico de propaganda política que no se circunscriba a la fecha de inicio del período electoral , conforme a la proclama que deberá publicar la Junta Central Electoral".

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