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FEDOMU y LMD reclaman respeto para que alcaldes puedan defender su inocencia en los tribunales

Fachada de la sede de la Federación Dominicana de Municipios, FEDOMU. Fachada de la sede de la Federación Dominicana de Municipios, FEDOMU. Foto: suministrada por la fuente

Los alcaldes son personas con demostrado arraigo en la sociedad dominicana por lo que no existe peligro alguno de fuga en los procesos judiciales que se les siga a los mismos y  garantizaron que los que resulten imputados comparecerán a todos los requerimientos que haga cualquier órgano del Poder Judicial, por tanto, es injustificable que se dicten medidas de coerción contra alcaldes que impliquen privación de libertad y que llevan a la suspensión de sus funciones por parte de un órgano de la propia, como es el concejo de regidores, que usualmente son parte del proceso incurriendo en conflicto de intereses.

La Federación Dominicana de Municipios y la Liga Municipal Dominicana se encuentran en sesión permanente ante la apertura de procesos judiciales contra alcaldes en ejercicio, por la puesta en funcionamiento de la acción pública frente a denuncias de situaciones señaladas en auditorías de la Cámara de Cuentas.

Reconocieron que corresponde al Ministerio Público iniciar procesos donde haya indicios precisos y concordantes de conductas reñidas con las obligaciones derivadas de nuestro marco legal. No obstante, es imprescindible, si se quiere mantener el apego a los derechos de las autoridades imputadas, que el Ministerio Público y los jueces sean garantes del debido proceso, que incluye entre sus principios la presunción de inocencia y el respeto a los derechos de los imputados.

"Es preciso que la exasperación que siente la sociedad dominicana frente a lo que algunos denominan un clima de impunidad, no tome a los alcaldes y demás autoridades locales como cabeza de turco, generando un ambiente de populismo penal que conduzca al linchamiento judicial o negación de derechos en los procesos abiertos y por abrir", expresaron.

Indicaron que es responsabilidad de los representantes del Poder Judicial actuar con equilibrio, actitud sopesada y no influenciada por la presión social y mediática, para que los procedimientos judiciales cuenten con todas las garantías procesales necesarias para la sana administración de justicia.

Las presunción de culpabilidad que se desprenden de auditorías realizadas por la Cámara de Cuentas, son informes de expertos, no sentencias, y por tanto deben ser sometidas al rigor de la valoración de la prueba en un proceso judicial donde los imputados tienen el derecho de contrastarlas con otras informaciones y experticias.

Destacaron que hay que diferenciar las acciones administrativas tipificadas de irregulares por inobservancias en el cumplimento de procedimientos establecidos por las leyes para la administración de recursos públicos de lo que es el dolo y el enriquecimiento ilícito. La corrupción debe ser sancionada donde quiera que se origine pero los derechos de los procesados deben ser garantizados tal y como nuestro sistema constitucional y garantista establece. La pasión y la emoción social no pueden nublar el juicio racional de la justicia.

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