Publicidad

Suspenden audiencia apelación caso familia Costa Dorada por recusación al tribunal

Las magistradas Doris Josefina Pujol Ortiz, Carmen Mancebo y Daisy Indira Montás tomaron la decisión tras conocer el sometimiento de una recusación a ese tribunal. Las magistradas Doris Josefina Pujol Ortiz, Carmen Mancebo y Daisy Indira Montás tomaron la decisión tras conocer el sometimiento de una recusación a ese tribunal.

Las magistradas Doris Josefina Pujol Ortiz, Carmen Mancebo y Daisy Indira Montás tomaron la decisión tras conocer el sometimiento de una recusación a ese tribunal, por parte del imputado Rafael Olegario Helena Regalado, a través de su abogado Rodolfo Felipe Rodríguez.

Felipe Rodríguez argumentó para el recurso de acusación a las jueza, que las mismas emitieron expresiones parcializadas que no garantizan un proceso justo. También consideró que el proceso va muy de prisa y que le falta tiempo para prepararse. En ese sentido las juezas suspendieron el conocimiento del juicio de apelación, hasta que la presidencia de la Primera Sala de la Corte de Apelación tome una decisión sobre el caso.

Sobre la suspensión, la abogada Laura Acosta, en representación de la Sociedad Comercial Okra Company LTD, expresó que por más que prolonguen el juicio al final habrá condena, porque los hechos son evidentes. “Ellos firmaron con un muerto, una persona que había fallecido cuatro años antes, ellos dicen que le firmó un documento por la venta de esa compañía”, aseveró Acosta.

Mientras que Miguel Valerio, representante legal de la encartada Judhith Franchesca Aguasvivas, dijo que las compañías que acusan en este proceso están reclamando lo que no es de ellos.

Los acusados son imputados de falsificación de un centenar de documentos que se usaron para figurar en el registro de la Cámara de Comercio y Producción de Santo Domingo (CCPSD, así como en la Dirección General de Impuestos Internos (DGII), que los titulares de las acciones de Costa Dorada no eran sus verdaderos dueños, sino otras personas. La tipificación del caso es violación a los artículos 265, 265, 150 y 151 del Código Penal Dominicano sobre asociación de malhechores y falsificación de escrituras.

Información adicional

volver arriba

Secciones

Noticias Regionales

Nosotros

Síguenos

MunicipiosAlDia Alianzas

Consola de depuración de Joomla!

Sesión

Información del perfil

Uso de la memoria

Consultas de la base de datos