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Aspirante a alcalde llama cumplir Ley 176-07 a médicos y abogados

Aspirante a alcalde llama cumplir Ley 176-07 a médicos y abogados Aspirante a alcalde llama cumplir Ley 176-07 a médicos y abogados Por: La fuente

"Los cabildos según la Ley 176-07 son los responsables de los  servicios de limpieza y ornato público, recolección, tratamiento y disposición final de residuos sólidos, ordenar y reglamentar el transporte público urbano, y la  promoción, fomento y desarrollo económico local" subrayó García López.

El aspirante a alcalde por el Partido de la Liberación Dominicana (PLD), sostuvo un encuentro con médicos y abogados donde llamó al "síndico", Noel Suberví Nin, cumplir con la  ley 176-07 en su artículo 19, que establece la competencia de los ayuntamientos.

El licenciado Carlos García López, dijo que  la Ley 176-07, en su artículo 19, establece que los ayuntamientos ejercerán como propias o exclusivas la competencia, el ordenamiento del tránsito de vehículos y personas en las vías urbanas y rurales.

También normar y gestionar el espacio público, tanto urbano como rural, prevención, extinción de incendios y financiación de las estaciones de bomberos, ordenamiento del territorio, planeamiento urbano, gestión del suelo, ejecución y disciplina urbanística.

García López, señaló que los ayuntamientos deben normar y gestionar el mantenimiento y uso de las áreas verdes, parques y jardines, normar y gestionar la protección de la higiene y salubridad públicas para garantizar el saneamiento ambiental.

Además la construcción de infraestructuras y equipamientos urbanos, pavimentación de las vías públicas urbanas, construcción y mantenimiento de caminos rurales, construcción y conservación de aceras, contenes y caminos vecinales, la preservación del patrimonio histórico y cultural del municipio.

El dirigente político manifestó que la construcción de mataderos, mercados, ferias, construcción, gestión de cementerios y servicios funerarios,  la instalación del alumbrado público y la limpieza vial son responsabilidades de los ayuntamientos.

Manifestó que tampoco el "sindico", esta cumpliendo con la Ley 176-07 es su artículo 21, que establece como se destinan los fondos del ayuntamiento que son el 25% para gastos de personal, el 31% para realización de actividades, funcionamiento y mantenimiento ordinario de los servicios municipales.

Además al menos el 40% para obras de infraestructura, adquisición y modificación de inmuebles y adquisición de bienes muebles, incluyendo gastos de preinversión e inversión para iniciativas de desarrollo económico local y social; y un 4% dedicado a programas educativos, género y salud.

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