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El poder del Estado en una sociedad democrática

"La amenaza más seria para nuestra democracia no es la existencia de Estados totalitarios. Es la existencia, en nuestras propias actitudes personales e instituciones, de aquellos mismos factores que en esos mismos países han otorgado la victoria a la autoridad exterior y han estructurado la disciplina, uniformidad y confianza en el líder. El campo de batalla está fundamentalmente aquí: en nosotros mismos y en nuestras instituciones" - John Dewey.1

La arquitectura del contenido explicativo conceptos Estado, Sociedad, Bien Común y Derechos Humanos, la praxis de los mismos en el contexto del diario vivir, de los acontecimientos  locales conectados acontecimientos internacionales y la individua-sociedad  como generador regulaciones penables (poder judicial), como ente regentor y figura representativa interés del bien común (poder ejecutivo) y la individua-sociedad  como organum normativo y legislador (poder legislativo).

Ha contribuido a esclarecer la funcionalidad de las concepciones antes expuestas, como ideas sistematizadas para equilibrar relación polisémica Estado- Sociedad Civil-Mercado–Territo-intereses individuales, cuya satisfacción genera el bienestar común¨ y los limites específicos al poder del estado en una sociedad democrática.

A continuación la definición de Estado por Manuel García Pelayo 2

¨Actualmente se considera como generalmente admitido que el Estado es una forma histórica concreta de la unidad política, distinta no sólo de otras formas que le han precedido históricamente (polis, civitas, imperium mundi, regnum, etc.), sino también de las que eventualmente puedan seguirle, pues todo lo que es histórico tiene límites temporales de existencia. Desde cuándo puede hablarse propiamente de Estado es un problema que varía según los autores y las perspectivas. Los unos se han preocupado de buscar el nacimiento, aquí o allá, de estructuras políticas en las que, de modo más o menos patente, se encuentran las notas esenciales del Estado, pudiendo llegar a la conclusión de que tal fenómeno tuvo lugar por primera vez en Sicilia y en el siglo XIII, o en las signorie italianas en torno al Renacimiento, o en España bajo los Reyes Católicos, o bajo Felipe II: Und hier, im Escorial, dice Spengler, ist der moderne Staat geschaffen worden («Y aquí, en El Escorial, fue creado el primer Estado moderno»)3 . Los otros han considerado el problema desde una estructura más global partiendo del supuesto de que el Estado sólo puede existir como parte de un sistema («sistema de Estados») o como expresión de una época («época de la estatalidad»), fenómenos que, según los autores, acaecen sea en el siglo XVI, sea en el XVII, según que los conexionen con unas u otras coyunturas históricas. No podemos entrar aquí en una crítica de estas posiciones que, en todo caso, presuponen un concepto previo de Estado y de las condiciones de su existencia. Digamos, sin embargo, que, salvo alguna excepción histórica como el Estado siciliano de Federico II - por lo demás de escasa vigencia histórica-, es muy difícil fijar con relativa precisión el momento histórico en que surge el Estado, pues éste no es el resultado de una creación ex nihilo, sino de un lento proceso de actos o de acontecimientos históricos cuya agregación produce un cambio cualitativo de la estructura política¨.

La individua es en el desarrollo de la sociedad, portadora  valores espirituales y cívicos. Es la responsable directa del Estado. Las individuas organizadas forman el Estado. A pesar de ¨la polaridad y antagonismo entre Estado Y sociedad planteada en el siglo XVIII¨  (Estado y Sociedad. Manuel Pelayo, 1991) la sociedad está formada por individuas y ¨el estado es una organización del poder que ejerce la representación institucional de la voluntad popular¨ (Magaly Pérez). Es decir, citando a Pelayo: ¨Ni la sociedad esta unilateralmente determinada por el estado, ni este lo está por la sociedad, sino que ambos están unidos por una relación de causalidad circular o de retroacción¨.

Por consiguiente el ejercicio y la demanda se cumplan los Derechos Humanos constituyen  limites específicos al poder del estado en una sociedad democrática. Según Pérez estos son los  límites:

1.     Las elecciones (Sufragio).

2.    El principio de separación de poderes.

3.    Los derechos humanos.

4.    El principio de legalidad.

5.    El derecho de existencia de la oposición.

6.    La tolerancia.

7.    La opinión pública y

8.    La existencia de la sociedad civil.

En la contemporaneidad latinoamericana, la práctica sana respetar estos límites, no se evidencia. Las estadísticas, los hechos muestran que si bien no vivimos en un estado Legibus Solutus instaurado, somos producto de una colonización atroz que pervive, disfrazada bajo una praxis seudo neoliberal democrática capitalista.

Que utiliza el aspecto Económico marginar, producir desigualdad y controlar a países mas vulnerables. En Guatemala el municipio más desigual en cuanto a distribución de la riqueza es Antigua.  Rusia y el conflicto del gas propano, España y su crisis, Grecia y la reciente  admitida públicamente caída económica, Puerto Rico y el Iva, Mexico  con su problemas migratorios,  Colombia y el narcotráfico, Africa con tanta pobreza. El imperio indetenible del narco cash.

En hechos recientes el facultativo protocolo Derechos Económicos Sociales y Culturales amparado declaración Universal de los Derechos Humanos reprendió a República Dominicana por el caso naturalización haitianos. Por no citar Israel -Palestina y los crimenes religiosos.

Somos todas miembras de estados fallidos regulados por instituciones pulpos que tras la premisa veedores por el bien común, que en vez de hacer Tabula Rasa5 a las deudas económicas que arrastran países latinoamericanos y europeos través el FMI, demandan y rentabilizan la hegemonía subyacente en sus tretas Desarrollo.

El tercer sector plagado de siglas esta tan corrompido como el sector publico y privado, globalmente. La generación ong es la nueva arma de control económico sobre nosotros los países mas empobrecidos y saqueados. Cuyos índices de pobreza,  acceso nulo a los servicios de salud y educación dignos, solo para citar algunos derechos que no se cumplen, están publicados para sustentar mi afirmación.

El corte del feudalismo implico el movimiento revolucionario Franceses iniciado 1779, es el pilar del estado como lo conocemos en la actualidad, un estado en donde debería primar los Derechos Humanos y la participación de la individua en los espacios públicos- politicos. Y un gobierno cuya soberanía prepondera en  el consenso popular6

¨Dentro de los efectos más relevantes imputables a dicha revolución, se cuenta la generalización del Estado de Derecho, pero como bien cita Magaly Pérez en la guía conceptual de esta materia: ¨el primer elemento para considerar a un Estado como estado de Derecho, es pues, el control jurídico de los actos políticos¨.

En nuestro sistema prima el poder corrompido donde se jerarquiza la protección de los representantes del poder ejecutivo por encima incluso del poder judicial que tendría potestad declarar actos delictivos en contra de los derechos humanos por anticonstitucionalidad a los otros dos poderes limitan acciones estatales.

El poder del estado en una sociedad Democratica debería estar orientado a fortalecer la preeminencia del bien común, el respeto al hombre y la mujer y a sus derechos humanos.

No se a cuales factores alude Dewey al referirse  "La amenaza más seria para nuestra democracia no es la existencia de Estados totalitarios. Es la existencia, en nuestras propias actitudes personales e instituciones, de aquellos mismos factores que en esos mismos países han otorgado la victoria a la autoridad exterior y han estructurado la disciplina, uniformidad y confianza en el líder. El campo de batalla está fundamentalmente aquí: en nosotros mismos y en nuestras instituciones". Como pudieran cambiarse estas actitudes producto de la colonialidad promovido en el sistema educativo, la multimedia y el mismo seno familiar de los seres humanos?

Cual es la división entre este nosotros mismos, las instituciones y el Estado; siendo estos organismos regulados por seres humanos?

Mucho para disertar al respeto de este quote y de  la funcionalidad y efectividad de los limites específicos al poder del estado en una sociedad democrática, contemporánea, latinoamericana y global.

Necesitaríamos un ejército unido de veedores entorno no a la protección jurídica de los derechos naturales de los seres humanos,sino, en el justo y noble cumplimiento de estas legislaciones ya establecidas con sanciones específicas.

Haria falta una revolución pedagógica y decolonial orientada formar individuas alto sentido de la espiritualidad, valores cívicos y humanos, con pensamiento critico y anticlientelistas.

Concluiré con las palabras de Boaventura Sosa de Un Discurso Sobre Las Ciencias en su libro Una Epistemologia deL Sur:

¨Recurriendo a la teoría sinergética del físico teorico Hermann Haken, podemos decir que vivimos en un sistema visual muy inestable en el que la mínima fluctuación de nuestra percepción visual provoca rupturas en la simetría de lo que vemos. Así, mirando la misma figura, o vemos un vaso griego blanco recortado sobre un fondo negro, o vemos dos rostros griegos de perfil, frente a frente, recortados sobre un fondo blanco. ¿Cuál de las imágenes es la verdadera? Ambas y ninguna. Es esta la ambigüedad y la complejidad de la situación del tiempo presente, un tiempo de transición, en sincronía con muchas cosas que están más allá o más acá de él, pero descompasado con todo lo que lo habita¨.

La perpetuidad de la crisis.

Isla aparte.

5-http://es.wikipedia.org/wiki/Tabula_rasa

6-http://es.wikipedia.org/wiki/Revoluci%C3%B3n_francesa

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