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Sentencia del Tribunal Constitucional impacta procesos penales pendientes por difamación

Por Cándido Simón. La sentencia del Tribunal Constitucional anulando la parte penal de la ley 6132 de 1962 sobre expresión y difusión del pensamiento es un triunfo de la democracia que libera de presión el derecho constitucional a la libertad de prensa, la libertad del pensamiento y el derecho colectivo a ser informados sin coacción.

Impacto de la Sentencia en Casos Pendientes. Esta sentencia que se impone a todos los poderes del Estado es de aplicación inmediata y por lo tanto se impone a los jueces que están conociendo casos paradigmáticos contra periodistas, directores y medios de comunicación masiva, como Juan TH que está imputado por el senador Félix Bautista, Rosendo Tavares y la Emisora Z-101 procesados por el señor Celso Marranzini, el director Osvaldo Santana, el Periódico El Caribe y el senador Wilton Guerrero por querella del expresidente Hipólito Mejía, y anula sentencias como la dictada recientemente contra el comunicador Danny Alcántara por querella del periodista Domingo Páez, del mismo modo que deja sin efecto el proceso en curso ante la Suprema Corte de Justicia contra el Diputado por La Vega Aridio Vásquez por supuesta difamación contra el senador de Bonao Félix Nova.

En estas circunstancias los tribunales penales deberán disponer el descargo de los imputados y en cada caso el archivo de los proceso por carecer de objeto, al sobrevenir un eximente de responsabilidad penal respecto de los directores y en cuanto a los autores por no constituir un hecho punible, en aplicación del articulo 337 del Código Procesal Penal.

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