ADN trata de justificar construcción de anfiteatro en área protegida
- Escrito por Redacción
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- Publicado en Santo Domingo de Guzmán
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El artículo 19 de la ley 176-7 establece en su párrafo "e" que los ayuntamientos están facultados para "Normar y gestionar el mantenimiento y uso de las áreas verdes, parques y jardines".
El secretario general del Ayuntamiento del Distrito Nacional justificó la construcción de un anfiteatro en la Plaza del Conservatorio amparándose en que la Ley 176-7 dejó sin efecto el decreto el decreto 333-91, que prohíbe que en ese lugar se construya cualquier tipo de edificaciones, salvo que no sea propia del Conservatorio Nacional de Música.
Andrés Navarro, entrevistado en un programa radial, adujo que la ley de los ayuntamientos promulgada en el año 2007, deja sin efecto cualquier otra ley o normativa que le sea contraria.
El decreto 333-91, emitido por el presidente Joaquín Balaguer, declaró la plaza del Conservatorio como "Gran Parque Nacional", orientado a conservar y fomentar la flora y los recursos naturales de esa área protegida.
Navarro no explicó el procedimiento o los dispositivos de la Ley 176-7 que autorizarían al Ayuntamiento del Distrito Nacional a desconocer los propósitos conservacionistas del decreto presidencial.
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