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Intrant aclara que no ha autorizado aumento en pasajes del transporte público

Instituto Nacional de Tránsito y Transporte Terrestre (Intrant). Instituto Nacional de Tránsito y Transporte Terrestre (Intrant).

El Instituto Nacional de Tránsito y Transporte Terrestre (Intrant) informó que no ha autorizado ningún aumento en las tarifas del transporte público de pasajeros, por lo que exhortó a la ciudadanía a no pagar incrementos en el costo del pasaje.

La institución recordó que el artículo 125 de la Ley núm. 63-17 de Movilidad, Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial establece que el régimen tarifario para la prestación del servicio de transporte de pasajeros es competencia exclusiva del Intrant.

En ese sentido, precisó que ningún chofer, sindicato, federación, empresa o prestador del servicio de transporte está facultado para aumentar el precio del pasaje de manera unilateral, ya que cualquier modificación a las tarifas debe ser previamente autorizada por el órgano rector.

El director ejecutivo del Intrant, Milton Morrison, advirtió que cualquier incremento aplicado sin la autorización correspondiente constituye una violación a la Ley 63-17 y podrá dar lugar a las sanciones administrativas previstas en la normativa vigente, incluyendo la imposición de multas a quienes incumplan las disposiciones legales.

Morrison reiteró que la protección de los derechos de los usuarios del transporte público constituye una prioridad para la institución y exhortó a la ciudadanía a no pagar aumentos no autorizados en el pasaje, al tiempo que hizo un llamado a denunciar cualquier cobro irregular a través de los canales oficiales del Intrant. Así mismo, aseguró que toda decisión relacionada con las tarifas del transporte será informada oportunamente por la institución, conforme a lo establecido en la Ley 63-17.

 

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El Instituto Nacional de Tránsito y Transporte Terrestre (Intrant) informó que no ha autorizado ningún aumento en las tarifas del transporte público de pasajeros, por lo que exhortó a la ciudadanía a no pagar incrementos en el costo del pasaje.

La institución recordó que el artículo 125 de la Ley núm. 63-17 de Movilidad, Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial establece que el régimen tarifario para la prestación del servicio de transporte de pasajeros es competencia exclusiva del Intrant.

En ese sentido, precisó que ningún chofer, sindicato, federación, empresa o prestador del servicio de transporte está facultado para aumentar el precio del pasaje de manera unilateral, ya que cualquier modificación a las tarifas debe ser previamente autorizada por el órgano rector.

El director ejecutivo del Intrant, Milton Morrison, advirtió que cualquier incremento aplicado sin la autorización correspondiente constituye una violación a la Ley 63-17 y podrá dar lugar a las sanciones administrativas previstas en la normativa vigente, incluyendo la imposición de multas a quienes incumplan las disposiciones legales.

Morrison reiteró que la protección de los derechos de los usuarios del transporte público constituye una prioridad para la institución y exhortó a la ciudadanía a no pagar aumentos no autorizados en el pasaje, al tiempo que hizo un llamado a denunciar cualquier cobro irregular a través de los canales oficiales del Intrant. Así mismo, aseguró que toda decisión relacionada con las tarifas del transporte será informada oportunamente por la institución, conforme a lo establecido en la Ley 63-17.

 

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