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Diputados aprueban que desaparecidos en explosión de San Cristóbal sean declarados legalmente fallecidos

Diputados aprueban que desaparecidos en explosión de San Cristóbal sean declarados legalmente fallecidos. Diputados aprueban que desaparecidos en explosión de San Cristóbal sean declarados legalmente fallecidos.

La Cámara de Diputados aprobó en segunda lectura el proyecto de ley que dispone que las personas que se encontraban en el mercado viejo de San Cristóbal donde ocurrió la explosión y que están desaparecidas, puedan ser declaradas judicialmente fallecidas.

La iniciativa, de la diputada Yenia Doñé Tiburcio, en su artículo uno, señala a las personas físicas que hayan desaparecido y que se encontraban en el antiguo mercadito, ubicado en la calle Padre Ayala del municipio de San Cristóbal, así como en las zonas aledañas, de quienes no se tengan noticias de que vivan y cuyos cadáveres no han podido ser encontrados.

Agrega además, que podrán ser declaradas fallecidas a petición de todo interesado o del Ministerio Público, por vía de instancia dirigida a la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia de la Provincia de San Cristóbal.

La referida Ley que ahora pasa al Senado para su estudio y conocimiento, establece en uno de sus artículos que, para los fines de la declaración de fallecimiento, todos los medios de pruebas serán admisibles.

Para ello, se podrán tomar en cuenta publicaciones, videos, audios, localización digital, conversaciones telefónicas, WhatsApp, comunicación oficial y/o reconocimiento.

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La Cámara de Diputados aprobó en segunda lectura el proyecto de ley que dispone que las personas que se encontraban en el mercado viejo de San Cristóbal donde ocurrió la explosión y que están desaparecidas, puedan ser declaradas judicialmente fallecidas.

La iniciativa, de la diputada Yenia Doñé Tiburcio, en su artículo uno, señala a las personas físicas que hayan desaparecido y que se encontraban en el antiguo mercadito, ubicado en la calle Padre Ayala del municipio de San Cristóbal, así como en las zonas aledañas, de quienes no se tengan noticias de que vivan y cuyos cadáveres no han podido ser encontrados.

Agrega además, que podrán ser declaradas fallecidas a petición de todo interesado o del Ministerio Público, por vía de instancia dirigida a la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia de la Provincia de San Cristóbal.

La referida Ley que ahora pasa al Senado para su estudio y conocimiento, establece en uno de sus artículos que, para los fines de la declaración de fallecimiento, todos los medios de pruebas serán admisibles.

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