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Definirán propuestas de escalas salariales de las autoridades municipales

La Liga Municipal Dominicana y el MAP definirán las propuestas de escalas salariales de las autoridades municipales. La Liga Municipal Dominicana y el MAP definirán las propuestas de escalas salariales de las autoridades municipales.

 

La Liga Municipal Dominicana (LMD) y el Ministerio de Administración Pública (MAP) informaron que se encuentran en la fase final de definición de una propuesta de escala salarial para las autoridades municipales.

 

La propuesta será remitida para el conocimiento y eventual aprobación por parte de los gobiernos locales, para que pueda comenzar a aplicarse, en función de lo previsto en el artículo 140 de la Constitución, a partir de la gestión municipal 2028-2032.

Con esta propuesta, explicaron que se da cumplimiento a la Ley No. 105-13 sobre regulación salarial del Estado bajo los principios de racionalidad y eficacia de la administración pública.

En ese sentido, se establecen montos máximos de retribuciones en todos los cargos electivos de los gobiernos locales, según el tamaño del municipio o distrito municipal y en relación a la capacidad presupuestaria del gobierno local.

Ambas instituciones enfatizaron que el artículo 140 de la Constitución Dominicana establece que ninguna institución pública o entidad autónoma que maneje fondos públicos establecerá normas o disposiciones tendentes a incrementar la remuneración o beneficios a sus incumbentes o directivos, sino para un período posterior al que fueron electos o designados.

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La Liga Municipal Dominicana (LMD) y el Ministerio de Administración Pública (MAP) informaron que se encuentran en la fase final de definición de una propuesta de escala salarial para las autoridades municipales.

 

La propuesta será remitida para el conocimiento y eventual aprobación por parte de los gobiernos locales, para que pueda comenzar a aplicarse, en función de lo previsto en el artículo 140 de la Constitución, a partir de la gestión municipal 2028-2032.

Con esta propuesta, explicaron que se da cumplimiento a la Ley No. 105-13 sobre regulación salarial del Estado bajo los principios de racionalidad y eficacia de la administración pública.

En ese sentido, se establecen montos máximos de retribuciones en todos los cargos electivos de los gobiernos locales, según el tamaño del municipio o distrito municipal y en relación a la capacidad presupuestaria del gobierno local.

Ambas instituciones enfatizaron que el artículo 140 de la Constitución Dominicana establece que ninguna institución pública o entidad autónoma que maneje fondos públicos establecerá normas o disposiciones tendentes a incrementar la remuneración o beneficios a sus incumbentes o directivos, sino para un período posterior al que fueron electos o designados.

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