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Senadores aprueban proyecto de ley del DNI

Senadores aprueban proyecto de ley del DNI. Senadores aprueban proyecto de ley del DNI.

El Senado aprobó el proyecto que modifica la Ley 1-24, que crea la Dirección Nacional de Inteligencia (DNI), deroga la ley núm. 857 del año 1978, la cual dispone que el Departamento Nacional de Investigaciones estaría bajo la dependencia de las Fuerzas Armadas y suprime el Departamento Nacional de Investigaciones, y agrega el numeral 8 al artículo 90 de la ley núm.155-17.

Esta normativa fue remitida por el Poder Ejecutivo. Dentro de los aspectos más relevantes que este proyecto busca modificar, la propuesta de fusión de los artículos 1 y 2 de la Ley núm. 1-24 para definir en el nuevo artículo 2 términos clave como inteligencia, inteligencia estratégica, militar y delictiva, fuentes abiertas y fuentes cerradas, entre otros.

Además, se pretende modificar el numeral 16 del artículo 9 para asegurar la coordinación entre la Dirección Nacional de Inteligencia (DNI) y el Instituto Dominicano de las Telecomunicaciones (Indotel) en la protección de la privacidad de los usuarios.

También se propone una adecuación al artículo 11 de la Ley núm. 1-24, con el fin de reforzar las garantías relativas a la obtención del contenido de información de fuentes cerradas. En este sentido, la modificación legal busca exigir la autorización de un juez para todo procedimiento que limite derechos constitucionales.

De modo que el presente proyecto de ley recoge las principales inquietudes que existían en torno a la Ley núm. 1-24, con la finalidad de que la regulación del sistema de inteligencia nacional esté lo más apegada posible a las disposiciones constitucionales.

 

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El Senado aprobó el proyecto que modifica la Ley 1-24, que crea la Dirección Nacional de Inteligencia (DNI), deroga la ley núm. 857 del año 1978, la cual dispone que el Departamento Nacional de Investigaciones estaría bajo la dependencia de las Fuerzas Armadas y suprime el Departamento Nacional de Investigaciones, y agrega el numeral 8 al artículo 90 de la ley núm.155-17.

Esta normativa fue remitida por el Poder Ejecutivo. Dentro de los aspectos más relevantes que este proyecto busca modificar, la propuesta de fusión de los artículos 1 y 2 de la Ley núm. 1-24 para definir en el nuevo artículo 2 términos clave como inteligencia, inteligencia estratégica, militar y delictiva, fuentes abiertas y fuentes cerradas, entre otros.

Además, se pretende modificar el numeral 16 del artículo 9 para asegurar la coordinación entre la Dirección Nacional de Inteligencia (DNI) y el Instituto Dominicano de las Telecomunicaciones (Indotel) en la protección de la privacidad de los usuarios.

También se propone una adecuación al artículo 11 de la Ley núm. 1-24, con el fin de reforzar las garantías relativas a la obtención del contenido de información de fuentes cerradas. En este sentido, la modificación legal busca exigir la autorización de un juez para todo procedimiento que limite derechos constitucionales.

De modo que el presente proyecto de ley recoge las principales inquietudes que existían en torno a la Ley núm. 1-24, con la finalidad de que la regulación del sistema de inteligencia nacional esté lo más apegada posible a las disposiciones constitucionales.

 

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