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Establecen aumento de velocidad mínima de internet banda ancha de 4 a 30 megabytes

La nueva resolución número 148-2024, firmada por Guido Gómez Mazara, presidente del Consejo Directivo; Alexis Cruz, en representación del ministro de Economía, Planificación y Desarrollo, miembro ex oficio del consejo; Juan Taveras Hernández y Tomás Pérez Ducy, miembros, y Julissa Cruz Abreu, directora ejecutiva del Indotel, deroga la anterior, contenida en el artículo número 1 del Reglamento General del Servicio de Acceso a Internet, dictado mediante la resolución número 033-2020 de fecha 20 de mayo de 2020. La nueva resolución número 148-2024, firmada por Guido Gómez Mazara, presidente del Consejo Directivo; Alexis Cruz, en representación del ministro de Economía, Planificación y Desarrollo, miembro ex oficio del consejo; Juan Taveras Hernández y Tomás Pérez Ducy, miembros, y Julissa Cruz Abreu, directora ejecutiva del Indotel, deroga la anterior, contenida en el artículo número 1 del Reglamento General del Servicio de Acceso a Internet, dictado mediante la resolución número 033-2020 de fecha 20 de mayo de 2020.

El Consejo Directivo del Instituto Dominicano de las Telecomunicaciones (Indotel) estableció la nueva definición de velocidad del servicio de acceso a internet de banda ancha que aumenta a 4 a 30 megabyte (Mbps) por segundo de bajada, con el fin de aumentar la rapidez del servicio local.

La resolución número 148-2024 aumenta la velocidad mínima de 4 a 30 megabyte por segundo de bajada (Mbps) y de 1 a 10 Mbps de subida, en el internet fijo de banda ancha que ofrecen las prestadoras a los usuarios.

El presidente del Consejo Directivo del Indotel, Guido Gómez Mazara, dijo que la nueva disposición establece que la velocidad debe ser subida a al menos 30Mbps, en el caso del servicio fijo y al cual se accede por redes Wifi, para que pueda considerarse de banda ancha. 

Explicó que en lo adelante la velocidad mínima será de 4 a 30 megabyte por segundo de bajada (Mbps), así como de 1 a 10 Mbps de subida en el internet fijo, cuyo aumento de velocidad pasa de 4 a al menos 8 Mbps de bajada para internet móvil.

Gómez Mazara aseguró que la disposición busca fomentar el desarrollo digital del país, mejorando así la experiencia de navegación de los usuarios y su impacto en el crecimiento de sectores dependientes del uso de internet, como el comercio electrónico y la educación virtual.

 

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Establecen aumento de velocidad mínima de internet banda ancha de 4 a 30 megabytes

La nueva resolución número 148-2024, firmada por Guido Gómez Mazara, presidente del Consejo Directivo; Alexis Cruz, en representación del ministro de Economía, Planificación y Desarrollo, miembro ex oficio del consejo; Juan Taveras Hernández y Tomás Pérez Ducy, miembros, y Julissa Cruz Abreu, directora ejecutiva del Indotel, deroga la anterior, contenida en el artículo número 1 del Reglamento General del Servicio de Acceso a Internet, dictado mediante la resolución número 033-2020 de fecha 20 de mayo de 2020. La nueva resolución número 148-2024, firmada por Guido Gómez Mazara, presidente del Consejo Directivo; Alexis Cruz, en representación del ministro de Economía, Planificación y Desarrollo, miembro ex oficio del consejo; Juan Taveras Hernández y Tomás Pérez Ducy, miembros, y Julissa Cruz Abreu, directora ejecutiva del Indotel, deroga la anterior, contenida en el artículo número 1 del Reglamento General del Servicio de Acceso a Internet, dictado mediante la resolución número 033-2020 de fecha 20 de mayo de 2020.

El Consejo Directivo del Instituto Dominicano de las Telecomunicaciones (Indotel) estableció la nueva definición de velocidad del servicio de acceso a internet de banda ancha que aumenta a 4 a 30 megabyte (Mbps) por segundo de bajada, con el fin de aumentar la rapidez del servicio local.

La resolución número 148-2024 aumenta la velocidad mínima de 4 a 30 megabyte por segundo de bajada (Mbps) y de 1 a 10 Mbps de subida, en el internet fijo de banda ancha que ofrecen las prestadoras a los usuarios.

El presidente del Consejo Directivo del Indotel, Guido Gómez Mazara, dijo que la nueva disposición establece que la velocidad debe ser subida a al menos 30Mbps, en el caso del servicio fijo y al cual se accede por redes Wifi, para que pueda considerarse de banda ancha. 

Explicó que en lo adelante la velocidad mínima será de 4 a 30 megabyte por segundo de bajada (Mbps), así como de 1 a 10 Mbps de subida en el internet fijo, cuyo aumento de velocidad pasa de 4 a al menos 8 Mbps de bajada para internet móvil.

Gómez Mazara aseguró que la disposición busca fomentar el desarrollo digital del país, mejorando así la experiencia de navegación de los usuarios y su impacto en el crecimiento de sectores dependientes del uso de internet, como el comercio electrónico y la educación virtual.

 

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