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Corte de Apelación de Santiago anula sentencia contra Lama Seliman y ordena nuevo juicio

Carlos Lama Selimán. Carlos Lama Selimán. Foto suministrada por la fuente

El Consejo de abogados de Lama Seliman explicó que cuando la Corte de Apelación de Santiago fue apoderada del caso tenía la opción de decidir de acuerdo a dos procedimientos establecidos por el Artículo 422 del Código Procesal Penal.

La Cámara Penal de la Corte de Apelación de Santiago anuló la sentencia de primera instancia que condenó al empresario Carlos Lama Seliman por alegada violación de la ley de cheques, y ordenó la celebración de un nuevo juicio para que sean examinadas todas las pruebas aportadas en el proceso original.

Al dar a conocer el fallo reservado en  la audiencia del pasado 17 de octubre, el tribunal colegiado justificó su decisión al considerar que  la sentencia de primer grado careció de la debida motivación y fundamentación para imponer la condenación anulada.

Según el citado  artículo, la Corte de Apelación puede rechazar el recurso, en cuyo caso la decisión recurrida queda confirmada; o declarar con lugar el recurso, en cuyo caso: "2.1. Dicta directamente la sentencia del caso, sobre la base de las comprobaciones de hecho ya fijadas por la sentencia recurrida...; o, 2.2. Ordena la celebración total o parcial de un nuevo juicio ante un tribunal distinto del que dictó la decisión, del mismo grado y departamento judicial, cuando sea necesario realizar una nueva valoración".

La defensa de Lama Seliman indica que las magistradas Francisca Gabiela García de Fadul,  Brunilda Castillo de Gómez, y María del Carmen Santana se acogieron al segundo procedimiento, que implicó anular la sentencia anterior y ordenar un nuevo juicio. Al fallar de la manera indicada la Corte consideró que habían sido violados los derechos y garantías constitucionales de Lama Seliman y que los cheques materia de la acusación habían quedado extinguidos y sustituidos por un pagare que paso a ser el instrumento del credito que se reclama, el cual,  afirma la defensa de Lama Seliman, no puede dar lugar a una acusación penal.

El  equipo legal de Lama Seliman entiende  que la decisión del tribunal es la mejor respuesta a la campaña mediática de descrédito que había emprendido la parte contraria para tratar de condenar al empresario en el tribunal de la opinión pública, ante la falta de méritos y razones para sustentar sus imputaciones en el ámbito del derecho.

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