Ex presidente Colegio Abogados considera PE violó plazo establece constitución
- Escrito por Redacción
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- Publicado en Santo Domingo de Guzmán

Recordó que el artículo 102 de la Constitución faculta al Poder Ejecutivo a observar y devolver cualquier Ley que entienda deben aplicársele enmiendas, pero que dicha iniciativa debe ejecutarse en un plazo de cinco días cuando la mismo es aprobad de urgencia en el Congreso, como fue en el presente caso.
El doctor Franklin García Fermín, aspirante a la presidencia de la República por el Partido Revolucionario Dominicano (PRD), consideró extinguida la acción del Poder Ejecutivo que observó y devolvió a la Cámara de Diputados, el proyecto de ley que eleva el límite para la importación de vehículos de 5 hasta 7 años.
Señala García Fermín, ex rector de la Universidad Autónoma de Santo Domingo (UASD), que dicha ley al momento de su aprobación fue declarada de urgencia por lo que obligaba al poder ejecutivo a promulgarla o a observarla en un periodo de tiempo que ya perimió.
Dijo que los motivos para que una Ley sea observada, pueden ser validos o no, de acuerdo a los intereses que se pretendan defender, indicando que si usted está de acuerdo con los importadores tradicionales de vehículos nuevos la verá correcta.
"Si está con los distribuidores de vehículos usados defenderá dicha ley aprobada por los legisladores", concluyó.
El ex presidente del Colegio de Abogados reaccionó en torno a la decisión del Poder Ejecutivo de observar y devolver a la Cámara de Diputados la Ley que eleva de cinco a siete años de fabricación, para los vehículos usados que pueden ser importados.
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