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Diputado PLD Elías Serrulle somete ante proyecto de seguridad ciudadana

Según el legislador, entre los objetivos específicos, están protección del libre ejercicio de los derechos fundamentales, las libertades públicas, derechos establecidos y amparados por el ordenamiento jurídico.

 

 

Ante el auge de violencia que azota el país, el diputado del Partido de la Liberación Dominicana (PLD), Elías Serrulle, presentó al hemiciclo un ante proyecto de ley que promueve la seguridad ciudadana, paz y la tranquilidad social en República Dominicana.

El proyecto de ley, aseguró, busca además el cumplimiento y respeto de las garantías individuales y sociales para la prevención y control del crimen, así como lucha contra la violencia, la protección del ciudadano y la efectividad de la justicia.

Según el legislador, entre los objetivos específicos, están protección del libre ejercicio de los derechos fundamentales, las libertades públicas, derechos establecidos y amparados por el ordenamiento jurídico.

La misma busca prevenir la inseguridad ciudadana, Mantener y restablecer la seguridad, la convivencia social, el respeto a las leyes, a la paz y a la seguridad ciudadana en el ejercicio de los derechos.

Además, agregó, estructurar, articular e implementar de manera efectiva el Sistema de Seguridad Ciudadana a través del Plan Nacional de Seguridad Ciudadana promovido en las provinciales y el Distrito Nacional.

El legislador cree que con la aprobación del proyecto se garantizarían las condiciones de normalidad en la prestación de los servicios básicos para la comunidad y la transparencia en la actuación de los poderes públicos en materia de seguridad ciudadana.

El artículo3 del proyecto establece las disposiciones descritas en esta ley y su reglamento de orden público, de interés social y de aplicación a las personas naturales y jurídicas, sin perjuicio de las competencias que, en su caso haya asumido el Estado en materia de seguridad pública.

El Párrafo I. de este anteproyecto de ley se aplicará sin menoscabo de los regímenes legales que regulan ámbitos concretos de la seguridad pública, como la seguridad aérea, marítima y ferroviaria.

Así como lo vial o en los transportes, quedando, en todo caso, salvaguardadas las disposiciones referentes a la defensa nacional y la regulación de los estados de alarma, excepción y sitio.

En las disposiciones de la presente ley deberán interpretarse y aplicarse del modo más favorable a la plena efectividad de los derechos fundamentales y libertades consagrado en la Constitución, especialmente de los derechos de reunión y asociación, las libertades de expresión e información, la organización sindical y el derecho de huelga.

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