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Especialista en gestión municipal propone voto preferencial directo para elecciones a regidores

Taveras considera que de acogerse su propuesta se fortalecerá la democracia representativa porque a los órganos de gobierno local llegaran los candidatos que han recibido de los ciudadanos la confianza para que administren sus territorios y los representen en la fiscalización y la emisión de las normas de convivencia en sus comunidades.

La garantía de la representación de los ciudadanos en el gobierno local es la aplicación del Art. 208 de la Constitución que dispone que para la elección de las autoridades gubernamentales es mediante el voto directo y secreto, lo que se corresponde con el preferencial directo por los candidatos y no por la acumulación de votos obtenidos por los partidos políticos, como ha estado sucediendo con la aplicación del método D honts., según el especialista en gestión municipal Waldys Taveras.

En comunicación remitida al senador Arístides Victoria Yeb, Presidente de la Comisión Especial que estudia la Ley del Régimen Electoral los Regidores de los Municipios y Vocales de los Distritos Municipales, el Art. 223 de la Ley Electoral establezca un parrado que diga: La elección de los Regidores y Vocales se realizará mediante el voto preferencial directo y en consecuencia resultarán electos los candidatos a regidores y Vocales que reciban la mayor cantidad de votos en su favor“.

Con este método se evita que mediante la acumulación de votos partidarios candidatos que han recibidos menos votos de los ciudadanos por estar en una boleta de un candidato súper votado, terminen en Concejo Municipal en detrimento de otros que han recibido la confianza de los ciudadanos para que lo representen plantea Taveras.

Separación del voto del Municipio y del Distrito Municipal

De igual manera el experto municipalista sugiere que los votos emitidos en los Distritos Municipales no se deben sumar para la elección de los Alcaldes de los Municipios, porque constituye adjudicar votos para la elección de una autoridad local que no ejercerá funciones en el territorio de los ciudadanos que emitieron el voto a su favor, con lo que se reduce la confianza de los electores en los líderes políticos locales.

En su propuesta Waldys Taveras solicita que al Art. 222 del proyecto de ley electoral se le agregue un párrafo que diga que ¨en el caso de la elección de los Alcaldes y los Directores de Distritos Municipales resultara electo el que obtenga la mayoría simple de votos en sus respectivos territorios, entendiéndose que para fines electorales los Distritos Municipales son un territorio segregado del municipio¨, lo que se corresponde con las disposiciones de los art. 199 y 201 de la Constitución que establecen que los Juntas de Distritos Municipales ejercen un gobierno sobre su territorio y tienen autoridades electas.

Fuente: ciudadoriental.com

 

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