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Gobierno dispone aumento 26.1% del salario mínimo a trabajadores de las ONGs

Durante esta gestión de gobierno se han aplicado cinco aumentos históricos en el salario mínimo de diferentes sectores. Durante esta gestión de gobierno se han aplicado cinco aumentos históricos en el salario mínimo de diferentes sectores.

El Ministerio de Trabajo, a través del Comité Nacional de Salarios (CNS), aprobó un aumento de un 26.1 % al salario mínimo para los trabajadores de las asociaciones incorporadas sin fines de lucro, que prestan servicios de salud, educación y rehabilitación de personas con discapacidad y de servicios a terceros en condiciones de gratuidad. 

Con el aumento aprobado los trabajadores de las ONG de los servicios mencionados que ganaban RD$11,500, pasarán a devengar RD$14,500 (26.1 %). 

La Resolución dispone el pago del salario mínimo del aprendiz, conforme a lo establecido en la presente tarifa, pero calculando en base a las horas de formación práctica efectuadas en la asociación donde presta sus servicios. 

De igual modo, el trabajador que al momento de aprobarse la presente tarifa de salario mínimo disfrute de su salario superior al que ésta fija, seguirá recibiendo su mismo salario, de conformidad a las previsiones del Artículo 217 del Código de Trabajo, sin perjuicio de que dicho salario se mejore por convenio entre las partes. 

El Director General del CNS, Angel Martín Mieses, sometió la propuesta, la cual recibió el voto a favor por parte de los representantes del Gobierno, de los trabajadores y del sector empleador. En tal sentido, se emitió la Resolución número 01/2022, de fecha 22 de febrero del año en curso, que establece la nueva escala salarial para el sector. 

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Durante esta gestión de gobierno se han aplicado cinco aumentos históricos en el salario mínimo de diferentes sectores. Durante esta gestión de gobierno se han aplicado cinco aumentos históricos en el salario mínimo de diferentes sectores.

El Ministerio de Trabajo, a través del Comité Nacional de Salarios (CNS), aprobó un aumento de un 26.1 % al salario mínimo para los trabajadores de las asociaciones incorporadas sin fines de lucro, que prestan servicios de salud, educación y rehabilitación de personas con discapacidad y de servicios a terceros en condiciones de gratuidad. 

Con el aumento aprobado los trabajadores de las ONG de los servicios mencionados que ganaban RD$11,500, pasarán a devengar RD$14,500 (26.1 %). 

La Resolución dispone el pago del salario mínimo del aprendiz, conforme a lo establecido en la presente tarifa, pero calculando en base a las horas de formación práctica efectuadas en la asociación donde presta sus servicios. 

De igual modo, el trabajador que al momento de aprobarse la presente tarifa de salario mínimo disfrute de su salario superior al que ésta fija, seguirá recibiendo su mismo salario, de conformidad a las previsiones del Artículo 217 del Código de Trabajo, sin perjuicio de que dicho salario se mejore por convenio entre las partes. 

El Director General del CNS, Angel Martín Mieses, sometió la propuesta, la cual recibió el voto a favor por parte de los representantes del Gobierno, de los trabajadores y del sector empleador. En tal sentido, se emitió la Resolución número 01/2022, de fecha 22 de febrero del año en curso, que establece la nueva escala salarial para el sector. 

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