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Liga Municipal Dominicana, sus incumbentes

Liga Municipal Dominicana. Liga Municipal Dominicana.

La Liga Municipal Dominicana, organismo creado mediante resolución en el Primer Congreso Panamericano de Municipios celebrado en la ciudad de la Habana, capital de la República de Cuba el día 18 de Noviembre del año 1938 con la finalidad de propiciar la Cooperación entre los Municipios de la Republica Dominicana, y de igual manera para estimular y favorecer la Cooperación Internacional.

Tiene su base legal y capacidad jurídica, sustentada en las leyes Nos. 49 de fecha 23 de Diciembre de 1938 y la 3696 de fecha 9 de Agosto de 1954. La primera ley le asigna funciones, la segunda inviste a la misma de Personería Jurídica y de otras atribuciones y en la Ley No.176-07 del Distrito Nacional y los Municipios, específicamente en sus artículos 105, 106 107 y 108, asignándole funciones específicas.

Existen diversas instancias jerárquicas en la LMD, es el caso de la Asamblea General de Municipio que es el máximo organismo y tiene funciones específicas de carácter normativo y electivo con respecto a las propias estructuras y atribuciones. Tiene la responsabilidad de elegir a los Municipios que integrarán el Comité Ejecutivo de la LMD por un periodo de cuatro años, conocer de las acusaciones y denuncias que se formulen contra el Comité Ejecutivo o algunos de sus integrantes, y sugerir a la Cámara de Diputados o al Poder Ejecutivo, en el caso que sea necesario, la aplicación de las sanciones que procedan de acuerdo a la Constitución y las leyes además, conocer, discutir y decidir sobre las ponencias sometidas de conformidad con la agenda que haya sido puestas a su consideración, pudiendo votar acuerdos y resoluciones que podrían ser adoptadas por los organismos municipales. Se reúne cada cuatro años coincidiendo su clausura con el natalicio del patricio JUAN PABLO DUARTE.

El Congreso Nacional de Municipios, que es un órgano consultivo y deliberativo, cuya función es conocer y estudiar los proyectos y anteproyectos de carácter legislativo y reglamentario que rigen la vida municipal , adoptando normas sociales de aceptación común, coordinando políticas locales con los órganos de legislación nacional y recomendando lo pertinente a los organismos de la administración pública, de igual manera, y es una de sus tareas esenciales, estudiar y ponderar procedimientos y sistemas de control administrativo y conocer la memoria anual de las actividades de la LMD entre otras funciones. Se reúne en el mes de abril de cada año. 

El Comité Ejecutivo es el organismo que tiene la responsabilidad de convocar al Congreso Nacional de Municipios y de igual manera conocer los informes que tiene que presentar la Secretaria General con relación a las funciones que realiza, además aprobar el proyecto del presupuesto anual de la LMD, de los Ayuntamientos y de los Distritos Municipales, así como de sus modificaciones de conformidad con la ley, aplicar sanciones o tramitarlas a la Asamblea General o a los Poderes Ejecutivo o Judicial según sea el caso , así como también recomendar a las autoridades de los Ayuntamientos o de las Juntas de Distritos Municipales, la aplicación de sanciones de conformidad con la ley y los reglamentos, a los funcionarios y empleados que hayan cometido faltas comprobadas mediante la realización de trabajos de inspección y auditoria. Este organismo constituye un ente directivo y ejecutivo colegiado, que actúa por delegación de la Asamblea General de Municipios y asume los poderes propios para fijar la política general de la LMD. 

La Secretaria General que se encarga de todas las ejecuciones que emanen de los instrumentos legales y reglamentarios, así como de los actos y resoluciones emitidos, tanto por el Congreso Nacional de Municipios, la Asamblea General o el Comité Ejecutivo, además supervisar los trabajos de las distintas oficinas y dependencias, así como adoptar las medidas administrativas pertinentes que permitan la marcha de la entidad a fin de que esta sea cada vez más eficiente y funcional. Existen también subsecretarias con funciones específicas y puntuales. 

Finalmente, también están formando parte de la estructura organizacional, el Grupo Técnico asesor, Auditoría Interna, las Subsecretarías, la Oficina de enlace con el Poder Ejecutivo, los diferentes Departamentos y Secciones y el Plan de Pensiones. 

Nombres de los Secretarios Generales que ha tenido la LMD.

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Los primeros en dirigir la Liga Municipal Dominicana fueron Wenceslao Troncoso Sánchez 1938 y Mirtilio Peguero Sánchez 1938-1944.

Después los Secretarios Generales fueron designados por su Comité Ejecutivo:

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Más adelante, ya eran nombrados acogiéndose a la Ley No.605, de fecha 8 de Febrero de 1965, es el caso de Rodolfo Mesa Beltré, Eddy Santana Read, Rafael Helú Bencosme, Franklin Lithgow Ortega, Víctor Gómez Bergés, José Enrique Ortiz, Leonardo Matos Berrido, y Patricio Badias Lara.

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A partir del día 13 de agosto de 1978 los secretarios generales son designados nuevamente por el Comité Ejecutivo, podemos mencionar a Juan López, Carlos Carmona Mateo, Pedro Gil Iturbide, Pedro Reynoso Jiménez, Julio Maríñez Rosario, Amable Aristy Castro, quien ocupo esta posición por Fidias Aristy tres periodos consecutivos, Johnny Jones el actual Víctor D'AzaTineo.

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La dispersión de información, el desconocimiento por parte de diferentes actores en diversos ámbitos del conocimiento, con relación a este organismo asesor de la municipalidades de nuestro país, ha sido el motivo que nos ha impulsado a buscar datos que contribuyan a proporcionar elementos para edificar a la opinión pública. 

Valoro el enfoque de la actual administración del Estado en nuestro país para fortalecer la institucionalidad nacional dando apoyo a los territorios,  asesoría técnica y orientar la gestión administrativa, de los Gobiernos Locales, lo que es un indicador positivo de los actuales manejadores del Estado, en una transformación y modernización de la Liga Municipal Dominicana (LMD) hacia un Instituto de Formación y Asesoría Municipal (FAM), en coordinación con el Ministerio de Economía, Planificación y Desarrollo (MEPyD).

Antes de este Instituto funciono la Escuela de Administración Municipal (EAM), que operaba con estudiantes de los diferentes municipios de nuestra geografía nacional, enviados por los síndicos para prepararse y obtener un bachillerato técnico en el ámbito municipal. Al concluir el mismo debían realizar pasantías en esos respectivos ayuntamientos.

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