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Tribunal electoral se declara incompetente para conocer suspensión de elecciones en Fedodim

Miembros del Tribunal Superior Electoral en sesión ordinaria. Foto de archivo. Miembros del Tribunal Superior Electoral en sesión ordinaria. Foto de archivo.

El Tribunal Superior Electoral (TSE) declaró de oficio este viernes su incompetencia para conocer la solicitud de suspensión del proceso eleccionario de la Federación Dominicana de Distritos Municipales (Fedodim), tras determinar que el conflicto planteado no corresponde a temas de contenido político-electoral. La alta corte adoptó la decisión en ejercicio de las atribuciones que le confieren la Constitución y las leyes de la República, determinando que la naturaleza del diferendo no pertenece a su jurisdicción especializada.

El fallo fue emitido por el pleno de jueces integrado por su presidente, Ygnacio Pascual Camacho Hidalgo, junto a los magistrados Pedro Yermenos Forastieri, Fernando Fernández, Rafaelina Peralta y Lenis García. Los jueces ordenaron declinar el conocimiento y la decisión del caso ante la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia de la Provincia La Altagracia, por ser la demarcación correspondiente al conflicto.

Mediante el Dispositivo de Ordenanza TSE/0007/2026, correspondiente al Expediente número TSE-01-0016-2026, el tribunal instruyó a su Secretaría General a remitir, bajo estricto inventario, la totalidad de los documentos que integran el expediente a la citada jurisdicción civil para que allí se conozcan los méritos de la demanda.

La acción legal fue interpuesta por los directores de distritos municipales Willy Antonio Céspedes Guzmán, de Jayaco; Ramón Antonio Ramírez de la Rosa, de Verón, Punta Cana; y Joaquín de la Cruz Reyes, de Yaque Buenavista. La demanda se dirigía en contra de la presidencia de Fedodim, encabezada por Lioncito José Sencilie; la Comisión Electoral de la federación; la Liga Municipal Dominicana y el Partido Revolucionario Moderno (PRM).

Los demandantes afirmaron en su recurso que manifestaron formalmente su interés de participar en el proceso electoral mediante la presentación de una propuesta denominada "Unidad Municipalista". Sin embargo, sostienen que su inscripción fue rechazada, lo que dejó el camino libre para la participación de una única plancha, situación que a su juicio limita la participación democrática y vulnera el principio de igualdad y protección ante las instituciones.

Por su parte, las autoridades de Fedodim defendieron la legitimidad de sus actuaciones señalando que los estatutos internos de la entidad definen con claridad los plazos, requisitos y condiciones obligatorias que deben cumplir los miembros para poder optar a puestos directivos dentro de la federación municipalista.

El recurso judicial se produce en el marco de las elecciones para la renovación de las autoridades de Fedodim, las cuales están programadas para celebrarse en el Hotel Hard Rock & Casino Punta Cana, ubicado precisamente en la provincia de La Altagracia, jurisdicción hacia donde el Tribunal Superior Electoral ha remitido el caso para su resolución definitiva.

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