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Martínez Guante está de visita en Puerto Rico

Zoila Martínez Guante. Zoila Martínez Guante. Fuente externa.

Requerir a las instrumentalidades públicas la realización de estudios externos y contratación de recursos para cumplir con su función y solicitar de las entidades gubernamentales los recursos humanos, el equipo, el espacio de oficina, o de cualquiera otra índole para realizar su labor, son parte de su agenda.

La Defensora del Pueblo de la República Dominicana, Zoila Martínez Guante, está de visita en Puerto Rico para establecer una línea de información con su homóloga, con el propósito de aprender de las experiencias de esa entidad en la Isla del encanto.

Martínez Guante  indicó que con ese propósito está en la isla del encanto Puerto Rico, para intercambiar opiniones con su Ombudsman, Iris María Ruiz Class, interesada sobre los logros y experiencias de la funcionaria puertorriqueña, que podrían servir de mucho en República Dominicana.

Defensoría del Pueblo en el país todavía es una entidad naciente, por lo que se necesitan las experiencias y prácticas de organizaciones iguales de otros países, expresó la dominicana.

El Ombudsman en Puerto Rico data de 1977,  se creó con el fin de contar con un organismo gubernamental con los poderes necesarios para servir de instrumento para que el pueblo canalice el derecho constitucional de solicitar la reparación de agravios, la jurisdicción de la oficina alcanza a todas las agencias gubernamentales las cuales pueden ser intervenidas a los fines de revisar los procesos que utilizan para la prestación de servicios a la ciudadanía

El desempeño de esta labor incluye las siguientes responsabilidades: Investigar cualquier acto administrativo que aparente ser contrario a la ley o a los reglamentos, irrazonable, injusto, arbitrario, ofensivo o discriminatorio, basado en un error de hechos o en motivos improcedentes o irrelevantes; que no esté acompañado de una adecuada exposición de razones cuando la ley o los reglamentos lo requieran.

Evaluar si las recomendaciones sometidas por el Ombudsman para corregir las acciones tomadas por las agencias han sido consideradas para su implantación, tomar juramento o declaraciones; ordenar la comparecencia y declaración de testigos y requerir la presentación de cualesquiera papeles, libros, documentos y otra evidencia para la evaluación de rigor.

 

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