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Conductores que violen la ley serán castigados de 1 a 20 sueldos mínimo

El infractor tendrá un plazo de 30 días para pagar la multa o para impugnar ante un Tribunal de Transito la violación.

La nueva ley que crea el Instituto de Tránsito Terrestre (Intrant) aprobada por la Cámara de Diputados este viernes contempla castigo desde un sueldo mínimo hasta 20 salarios para los conductores que violen dicha ley.
Según lo establecido en dicha ley, el Intrant será un organismo rector, nacional, sectorial, descentralizado del Estado, con personalidad jurídica, autonomía administrativa, financiera y técnica, adscrito al Ministerio de Obras Públicas, y se encargará de cumplir y hacer cumplir su contenido en el tránsito y transporte terrestre.
Los conductores que provoquen incidentes lamentables de manera imprudente se le podrá cancelar la licencia de conducir desde uno a cinco años o reducirle de puntos al chofer por incurrir en violaciones.
De ser promulgada sin cambios la nueva ley por el Poder Ejecutivo los conductores del trasporte de pasajeros urbano e interurbano estarán sujetos a exigencia de calidad y no podrán abordar pasajeros que no estén parados en las paradas establecidas por las autoridades.
Las multas que se impongan a los conductores infractores de violar la ley, se distribuirá en un 75 por ciento se entregará a la Procuraduría General de la República, y el 25% al Intrant.
La persona que haya sido multado no podrá renovar licencia, revisar el vehículos ni traspasar el mismo, hasta tanto pague dicha multa.

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El infractor tendrá un plazo de 30 días para pagar la multa o para impugnar ante un Tribunal de Transito la violación.

La nueva ley que crea el Instituto de Tránsito Terrestre (Intrant) aprobada por la Cámara de Diputados este viernes contempla castigo desde un sueldo mínimo hasta 20 salarios para los conductores que violen dicha ley.
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Los conductores que provoquen incidentes lamentables de manera imprudente se le podrá cancelar la licencia de conducir desde uno a cinco años o reducirle de puntos al chofer por incurrir en violaciones.
De ser promulgada sin cambios la nueva ley por el Poder Ejecutivo los conductores del trasporte de pasajeros urbano e interurbano estarán sujetos a exigencia de calidad y no podrán abordar pasajeros que no estén parados en las paradas establecidas por las autoridades.
Las multas que se impongan a los conductores infractores de violar la ley, se distribuirá en un 75 por ciento se entregará a la Procuraduría General de la República, y el 25% al Intrant.
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