Senado aprueba Ley de Extinción de Dominio
- Escrito por Mabel Rivas
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El Senado de la República aprobó en única lectura el Proyecto de Ley de Extinción de Dominio, que tiene por objetivo principal recuperar los bienes que provengan directa o indirectamente de un hecho ilícito realizado en el territorio nacional o en el extranjero, tras revisar más de 40 modificaciones de artículos y numerales que hizo la Cámara de Diputados.
La iniciativa ahora pasa al Poder Ejecutivo, donde se sopesará su promulgación u observación. La normativa indica que el juicio de extinción de dominio es independiente y autónomo del procedimiento penal, civil o de cualquier otra naturaleza jurisdiccional, administrativa o arbitral. La existencia de otro proceso judicial no podrá ser obstáculo para el inicio de un caso de extinción de dominio.
De igual manera, la iniciativa legislativa contempla presunción de buena fe en todo acto de negocio jurídico relacionado con la adquisición o destinación de bienes, la imparcialidad e independencia de los jueces que conozcan estos procesos y la magnitud del daño con el o los crímenes que sirven de base para sustentar cada acción judicial por enriquecimiento ilícito.
El presidente de la cámara alta, Eduardo Estrella, dijo que la Ley de Extinción de Dominio fue aprobada tal como el pueblo la quería, como una ley orgánica. “Votada a unanimidad, la Ley de Extinción de Dominio, que se va como la sociedad quería, como una ley orgánica al Poder Ejecutivo”, señaló.
La extinción de dominio es una normativa jurídica dirigida contra los bienes de origen o destinación ilícita, la cual constituye una herramienta para la persecución de los activos obtenidos a través del crimen organizado, la corrupción y otras actividades criminales. La pieza legislativa fue presentada por separado por los senadores Antonio Taveras Guzmán (Provincia Santo Domingo); Milcíades Franjul (Peravia); Félix Bautista (San Juan); Aris Yván Lorenzo (Elías Piña); y José Del Castillo Saviñón (Barahona).
El proyecto de ley establece reglamentos para los procesos de extinción de dominio de bienes ilícitos, previstos en la Constitución de la República Dominicana. Además, define las competencias y facultades de las autoridades responsables de su aplicación. La normativa constituye, además, una herramienta para castigar la corrupción administrativa, el lavado de activos, el tráfico de drogas, la trata de personas, incluyendo inmigrantes ilegales y el proxenetismo, entre otros delitos.
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