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Presidente Abinader ordena impedimento de entrada al país a 39 haitianos que representan posibles “amenazas”

El jefe de Estado justificó su accionar en lo dispuesto según el artículo 128 de la Constitución, texto que le faculta a prohibir, cuando resulte conveniente al interés público, la entrada de extranjeros al territorio nacional. El jefe de Estado justificó su accionar en lo dispuesto según el artículo 128 de la Constitución, texto que le faculta a prohibir, cuando resulte conveniente al interés público, la entrada de extranjeros al territorio nacional.

El presidente de la República, Luis Abinader, instruyó a Venancio Alcántara Valdez, director general de Migración, para que no admita en el territorio nacional a un grupo de 39 ciudadanos haitianos, entre los que hay sancionados por Estados Unidos y Canadá.

La medida dispone que las autoridades de migración, en aplicación del artículo 15 de la Ley General de Migración, núm. 285-04, y de su Reglamento de Aplicación núm. 631-11, han de impedir el ingreso al territorio nacional de: Youri Latortue; Gracia Delva, Liszt Quitel, Rodolphe Jaar, Bredy Charlot, Kesner Normil, Evans Paul, Assad Volcy, Jean Tholbert Alexis, Victor Prophane, Laurent Salvador Lamothe, Richard Lenine Hervé Fourcand, Rony Celestin, Gary Bodeau, Espérance Pierre, Charles Kiko Saint-Rémy, Sherif Abdallah, Arnel Belizaire, Salim Succar, Reynold Deeb, Nénel Cassy, Berto Dorcé, Antonio Cheramy (a) Don Kato, Steve Khawly, Frantz Cole, Jean Mardoché Vil, Fritz Désiré, Dieuné Day, Romel Bell, Wakin Pierre, Jhonson André (a) Izo, Manuel Saloman (a) Manno, Joselito Petit-Homme (a) Ti Makak, Carlo Petit-Homme (a) Ti Makak, Elan Luckson, Jermaine Stephenson (a) Gaspiyay, Albert Stevenson (a) Djouma, Julmé Ernst (a) Ti Greg y Woodley Ethéart (a) Sonson La Familia.

El jefe de Estado justificó su accionar en lo dispuesto según el artículo 128 de la Constitución, texto que le faculta a prohibir, cuando resulte conveniente al interés público, la entrada de extranjeros al territorio nacional. 

Además, se da cumplimiento de la resolución adoptada por el Consejo de Seguridad de la ONU que impone un conjunto de sanciones aplicadas a ciudadanos haitianos relacionados con la situación de violencia e inseguridad en Haití.

Las personas cuya entrada se prohíbe, de acuerdo con las informaciones de inteligencia, han tenido conflicto con el sistema de justicia de su país, en algunos casos, y con otros ordenamientos, debido a temas como el tráfico de armas, apoyo a las bandas criminales que golpean al vecino país de Haití, entre otros elementos que justifican la limitación de su acceso al territorio dominicano.

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