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Fuerza del Pueblo pide JCE regule participación funcionarios y empleados públicos en precampaña 

La FP hizo la solicitud en una instancia firmada por el delegado político, Manuel Crespo y el delegado técnico ante la Dirección de Elecciones, José Manuel Hernández Peguero.  La FP hizo la solicitud en una instancia firmada por el delegado político, Manuel Crespo y el delegado técnico ante la Dirección de Elecciones, José Manuel Hernández Peguero. 

El partido Fuerza del Pueblo (FP) pidió a la Junta Central Electoral (JCE), regular la participación de los precandidatos que sean funcionarios, empleados públicos y de los ayuntamientos, a fin de evitar el uso y abuso de los recursos del Estado durante la precampaña. A su vez, demandó la elaboración de un reglamento que regule esta práctica.

“Consideramos conveniente que dicho reglamento solicitado establezca, entre otras disposiciones, la prohibición expresa de dichos precandidatos de disponer en cualquier modalidad de los fondos y bienes públicos bajo su administración o dirección, incluyendo el uso de las áreas físicas y espacios”, explicaron en el documento. 

Así mismo, que prohíba que los funcionarios o empleados públicos de organismos del Estado y de los ayuntamientos, puedan usar los equipos, materiales, instrumentos y personal que pertenezca a la institución u órgano estatal al cual presta su servicio. 

Además, que el reglamento establezca la prohibición de la realización de actos inaugurales de obras públicas y de programas de apoyo social o comunitarios; de actividades o manifestaciones de carácter proselitista a favor de su precandidatura, de su partido o relacionados.  

También solicitó a la JCE evitar que el funcionario que sea precandidato pueda obstaculizar la libertad de propaganda, reunión o actividades de los precandidatos de los partidos opositores. 

A su vez, recordaron que la Junta tiene la facultad de organizar, administrar, supervisar y arbitrar los procesos internos para la escogencia de los precandidatos o candidatos a cargos de elección popular y de tomar las medidas que garanticen esas atribuciones, establecido en la Ley 20-23 de Régimen Electoral. 

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