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Presidente Abinader emite decreto que busca salvaguardar la producción nacional de arroz

Imagen: Ministerio de Cultura. Imagen: Ministerio de Cultura.

 

El Presidente Luis Abinader emitió el decreto 693-24, donde aborda la implementación de medidas especiales relacionadas con la seguridad alimentaria y la producción nacional de arroz en la República Dominicana, y que entra en vigor tras su publicación en la Gaceta Oficial.

 

El nuevo régimen arancelario se aplicará a los productos de arroz clasificados bajo las partidas S.A. 1006.10.00, 1006.20.00, 1006.30.00 y 1006.40.00, en conformidad con la normativa establecida en la Lista XXIII de la Organización Mundial del Comercio (OMC).

A continuación, se destacan los puntos clave:

1. Fundamento Constitucional y Legal:

• Basado en el artículo 54 de la Constitución dominicana, que reconoce la seguridad alimentaria como un derecho fundamental.

• Ley 589-16, modificada por la Ley 75-24, que establece el Sistema Nacional para la Soberanía y Seguridad Alimentaria y Nutricional (SINASSAN).

2. Medidas Arancelarias:

• Aplicación de un arancel del 20% dentro del contingente y 99% fuera de este, para el arroz clasificado en ciertas subpartidas arancelarias.

• Cuota preferencial de 23,300 toneladas métricas con arancel 0% para el arroz originario de los Estados Unidos, bajo el acuerdo DR-CAFTA.

• Aplicación de un arancel del 99% ad valorem para el arroz originario de Nicaragua.

3. Justificación:

• El arroz es considerado un producto esencial para la dieta dominicana y la seguridad alimentaria nacional.

• Preservar la producción interna de arroz es vital para garantizar el abastecimiento constante y la estabilidad socioeconómica.

4. Vigencia y Revisión:

• Las medidas se mantendrán hasta que el Consejo Nacional para la Soberanía y Seguridad Alimentaria y Nutricional (CONASSAN) recomiende cambios, basándose en nuevos informes técnicos.

 

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