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Presidente promulga ley que fusiona Ministerio de Hacienda y Ministerio de Economía, Planificación y Desarrollo

Esta transformación institucional implica también la derogación de la Ley núm. 496-06, del 28 de diciembre de 2006, que creó la entonces Secretaría de Estado de Economía, Planificación y Desarrollo. Esta transformación institucional implica también la derogación de la Ley núm. 496-06, del 28 de diciembre de 2006, que creó la entonces Secretaría de Estado de Economía, Planificación y Desarrollo.

El presidente Luis Abinader promulgó la Ley 45-25, mediante la cual se dispone la fusión del Ministerio de Hacienda y el Ministerio de Economía, Planificación y Desarrollo en un nuevo ministerio denominado Ministerio de Hacienda y Economía.

La Ley 45-25, aprobada de urgencia por la Cámara de Diputados en la sesión del 15 de julio de 2025, propone asegurar una articulación más eficiente entre la política fiscal y el sistema nacional de planificación e inversión pública.

La nueva legislación reorganiza las estructuras orgánicas de ambos ministerios para consolidarlas en una única entidad rectora en materia económica, financiera y de planificación. Entre los principales cambios que introduce se destacan:

• Supresión del Ministerio de Economía, Planificación y Desarrollo (Mepyd), cuyas funciones sustantivas en materia económica, de planificación e inversión pública pasan al Ministerio de Hacienda y Economía.

• Transferencia de competencias al Ministerio de la Presidencia en áreas como cooperación internacional, y ordenamiento territorial.

• Reorganización de los viceministerios bajo una nueva estructura que comprende áreas como Tesoro y Patrimonio, Presupuesto y Contabilidad, Planificación e Inversión Pública, Política Fiscal, Crédito Público y Economía.

• Asimismo, la ley establece al nuevo ministerio como órgano rector del sistema nacional de planificación e inversión pública y del conjunto de políticas macroeconómicas y fiscales del país.

• De igual forma, la ley contempla disposiciones específicas para asegurar la continuidad de los servicios públicos, garantizar la transición ordenada del personal y definir los plazos para la adecuación normativa, presupuestaria y administrativa.

 

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