Empresas deberán reforzar respuesta a emergencias laborales y tendrán que cumplir los siguientes requisitos
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La supervisión y verificación del cumplimiento de estas medidas estará a cargo de tres entidades.
El Ministerio de Trabajo emitió la Resolución Núm. 09-26, que establece nuevas disposiciones para la instalación, equipamiento y funcionamiento de los botiquines y puestos de primeros auxilios en los centros de trabajo de todo el país, con el objetivo de reforzar la protección de la salud y la seguridad de los trabajadores.
La medida, firmada por el ministro Eddy Olivares Ortega, actualiza el marco regulatorio vigente y sustituye la Resolución 03-2019, alineando las exigencias nacionales con el Reglamento de Seguridad y Salud en el Trabajo y las mejores prácticas internacionales en materia de prevención y respuesta ante emergencias laborales.
Entre las principales disposiciones, la normativa establece que todas las empresas con dos o más trabajadores deberán contar con botiquines de primeros auxilios, adecuados al nivel de riesgo de sus operaciones y a la cantidad de personal de turno, consistente en material de curación y protección; antisépticos y soluciones; medicamentos esenciales; estabilización y traumas; y emergencia industrial.
Como parte de las innovaciones introducidas, la resolución clasifica los botiquines en tres categorías Tipo A, destinado a empresas de bajo riesgo; Tipo B, para actividades con riesgos intermedios; y Tipo C, dirigido a industrias y empresas de alto riesgo donde puedan producirse lesiones graves o accidentes fatales.
La nueva regulación también fortalece los requisitos de capacitación, al disponer que las empresas designen personal responsable de primeros auxilios y cuenten con al menos una persona entrenada por cada 50 trabajadores o fracción. Estas capacitaciones deberán actualizarse cada dos años.
También dispone que las empresas con 100 o más trabajadores por turno cuenten con puestos de primeros auxilios debidamente equipados y personal capacitado para proporcionar atención inicial, incorporando además tecnologías como el Desfibrilador Externo Automático (DEA) en los casos que corresponda.
Otro aspecto relevante es la actualización del contenido de los botiquines, eliminando medicamentos e insumos obsoletos o que puedan propiciar la automedicación, y promoviendo el uso de materiales y productos acordes con las normas sanitarias vigentes.
La normativa, además, prohíbe el uso de medicamentos e insumos considerados obsoletos o potencialmente riesgosos para la automedicación, promoviendo el uso exclusivo de materiales autorizados y actualizados conforme a criterios sanitarios vigentes.
Asimismo, dispone que los botiquines y puestos de primeros auxilios formen parte integral de los planes de emergencia y de los sistemas de gestión de seguridad y salud en el trabajo, incluyendo la realización de simulacros periódicos de evacuación y atención médica.
Los puestos de primeros auxilios deberán contar con condiciones mínimas de infraestructura, acceso rápido desde las áreas de trabajo y equipamiento esencial para la atención inicial de emergencias. Las empresas dispondrán de un plazo de seis meses para adecuarse a las nuevas exigencias establecidas por la resolución.
La supervisión y verificación del cumplimiento de estas medidas estará a cargo de la Inspección de Trabajo, el Viceministerio de Seguridad y Salud en el Trabajo y las Administradoras de Riesgos Laborales (ARL), con el propósito de fortalecer la cultura preventiva y reducir los riesgos de accidentes en los entornos laborales.
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