Gobernanza, Derechos Humanos y Comercio Sostenible / AMUMA 5-5
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¿Puede el crecimiento económico de un municipio pisotear los derechos de su gente?. En el cierre de nuestra serie especial sobre los 30 convenios ambientales de la República Dominicana, analizamos cómo el Acuerdo de Escazú y el DR-CAFTA blindan a las comunidades frente a los abusos industriales y turísticos. Desde la contaminación en San Cristóbal hasta el mega desarrollo de Cabo Rojo en Pedernales, descubre cómo el derecho internacional se convierte en ley local para exigir justicia, transparencia y un comercio verdaderamente sostenible. ¡Lee el balance final y defiende tu territorio!
El poder de las comunidades y las reglas ambientales en los tratados internacionales
El último eje de los Acuerdos Multilaterales Ambientales (AMUMA) conecta la protección de la naturaleza con los derechos humanos fundamentales y el comercio internacional. En este ámbito destacan dos herramientas de gran impacto para el país: el Acuerdo de Escazú (2018) —el primer tratado regional de América Latina y el Caribe sobre los derechos de acceso a la información, la participación pública y la justicia en asuntos ambientales— y el Capítulo Ambiental del DR-CAFTA (2004) (Tratado de Libre Comercio entre EE. UU., Centroamérica y RD).
Este bloque garantiza que el crecimiento económico y las inversiones extranjeras no se logren a costa de pisotear los derechos de las comunidades locales o violar las propias leyes ambientales de la nación.
Municipios en la Mira de la Justicia y el Comercio Sostenible
1. Acuerdo de Escazú (2018)
Misión: Garantizar entornos seguros para defensores ambientales, acceso a la información y participación ciudadana vinculante.
- San Pedro de Macorís y San Cristóbal (Beneficiados):Al ser municipios con una enorme concentración de industrias pesadas, cementeras, caleras y plantas de generación eléctrica, sus habitantes han enfrentado históricamente problemas de calidad de aire y agua. El Acuerdo de Escazú beneficia directamente a las juntas de vecinos y movimientos ecológicos locales, otorgándoles el derecho legal internacional de exigir estudios de impacto ambiental (EIA) transparentes en formatos comprensibles y la realización de vistas públicas verdaderamente democráticas antes de que se apruebe cualquier nuevo proyecto industrial en su territorio.
- Pedernales (Tocado):Con el masivo desarrollo del proyecto turístico de Cabo Rojo, Escazú obliga al Estado dominicano y a las empresas constructoras a mantener canales abiertos de información pública y participación social para las comunidades locales, asegurando que el crecimiento económico de este municipio no destruya el tejido comunitario ni privatice de forma ilegal los recursos naturales de los residentes.
2. Capítulo Ambiental del DR-CAFTA (2004)
Misión: Asegurar que los países firmantes apliquen de forma efectiva sus leyes ambientales para no generar ventajas comerciales desleales.
- Hato Mayor, El Seibo y Monte Plata (Beneficiados/Tocados):Municipios de la región este y central caracterizados por una alta producción de cacao, café orgánico y productos agrícolas de exportación. El Capítulo Ambiental del DR-CAFTA promueve la cooperación técnica internacional y exige el cumplimiento riguroso de las leyes nacionales de aguas y suelos. Esto beneficia directamente a las cooperativas agrícolas locales, elevando sus estándares de sostenibilidad y permitiéndoles competir y acceder con éxito al mercado estadounidense bajo sellos de comercio justo y responsabilidad ecológica.
Balance Final: El mapa completo de los 30 convenios de la República Dominicana
Con esta quinta entrega, cerramos un recorrido exhaustivo por la arquitectura legal que protege nuestro territorio. A lo largo de esta serie especial, hemos analizado cómo se distribuyen y aplican en el mapa municipal los 30 Acuerdos Multilaterales Ambientales (AMUMA) de los que la República Dominicana es signataria o Estado parte.
Para que guardes el registro completo, así se divide el inventario de los 30 compromisos globales que rigen nuestro suelo, aire y mar:
- Eje 1: Clima y Atmósfera (6 acuerdos):Convenio de Viena, Protocolo de Montreal, Enmienda de Kigali, CMNUCC, Protocolo de Kioto y Acuerdo de París.
- Eje 2: Biodiversidad y Tierra (7 acuerdos):Convenio sobre la Diversidad Biológica (CDB), Protocolo de Cartagena, Protocolo de Nagoya, Convención de Ramsar, Convención contra la Desertificación (CNULD), CITES y Convención del Patrimonio Mundial de la UNESCO.
- Eje 3: Frontera Azul y Océanos (6 acuerdos):CONVEMAR, Convenio de Cartagena, Protocolo SPAW, Protocolo FT, Convenio MARPOL y el Tratado de Altamar (Acuerdo BBNJ).
- Eje 4: Seguridad Química y Desechos (4 acuerdos):Convenios de Basilea, Rotterdam, Estocolmo y Minamata.
- Eje 5: Gobernanza, Derechos y Comercio (7 acuerdos):Acuerdo de Escazú, Capítulo Ambiental del DR-CAFTA, Convención Interamericana para las Tortugas Marinas (CIT), Alianza para el Desarrollo Sostenible (ALIDES), Estatuto de IRENA (Energías Renovables), Convenio de Bonn (Especies Migratorias) y la Convención de Cooperación Científica-Ambiental de la UNESCO Regional.
Todos estos instrumentos internacionales no son ajenos a nuestra realidad: alimentan de manera directa la Ley General sobre Medio Ambiente (64-00), lo que significa que en la República Dominicana, violar un tratado internacional es violar la ley nacional en cualquiera de nuestros municipios.
¡Tu turno! Participa en el debate
Hemos llegado al final de esta serie especial sobre los 30 Acuerdos Multilaterales Ambientales de la República Dominicana. La gobernanza ambiental nos demuestra que cuidar la naturaleza es también un asunto de derechos humanos, leyes internacionales y justicia social.
- ¿Conocías el Acuerdo de Escazú y el poder que otorga a los ciudadanos para exigir información y participar en las decisiones ambientales de sus municipios?
- Ahora que conoces los 30 acuerdos que protegen al país, ¿cuál es tu conclusión sobre el cumplimiento de estos tratados internacionales en tu provincia o municipio? ¿Se están aplicando en la práctica?
Queremos cerrar esta serie escuchando tu voz. ¡Comenta aquí abajo, comparte estos artículos y formemos ciudadanos informados para defender nuestro territorio dominicano!
Varios de los Acuerdos Multilaterales Ambientales (AMUMA) son pilares fundamentales para garantizar la sostenibilidad y el funcionamiento del sector turístico en la República Dominicana. Estos acuerdos regulan desde la calidad de las playas hasta el ecoturismo y el desarrollo de nuevas infraestructuras hoteleras:
Protocolo SPAW (del Convenio de Cartagena) Este acuerdo es uno de los más críticos, ya que el motor turístico del país depende directamente de la salud de sus playas. Con un impacto directo en polos como Higüey (Punta Cana) y Las Terrenas, el protocolo exige la conservación absoluta de las barreras de coral y las praderas de pastos marinos. Para lograrlo, impone a los desarrolladores hoteleros restricciones severas de construcción, como la prohibición de levantar infraestructuras sobre las dunas, y los obliga a tratar el 100% de sus aguas residuales. A nivel macro, este marco jurídico busca evitar que el intenso desarrollo turístico termine destruyendo el frágil ecosistema del Caribe.
Convenio sobre la Diversidad Biológica (CDB) Es una herramienta vital para el ecoturismo de alto valor en municipios como Samaná, Sabana de la Mar y Miches. Este convenio ampara lugares críticos como el santuario de las ballenas jorobadas y los manglares de Los Haitises. Para garantizar que estas actividades sean sostenibles, las leyes internacionales obligan a regular la carga de visitantes y turistas, evitando así ahuyentar o extinguir la fauna local de la que depende este modelo económico.
Convención del Patrimonio Mundial de la UNESCO Juega un rol clave en el turismo histórico y urbano. En el Distrito Nacional, al contar con la Ciudad Colonial declarada como Patrimonio Mundial, las directrices de la UNESCO obligan al ayuntamiento a mantener un equilibrio cuidadoso entre el desarrollo turístico y urbano, y la conservación estricta de sus entornos históricos y naturales adyacentes, como el litoral y el río Ozama.
Convención CITES Regula la actividad comercial en los principales puntos de entrada y salida de turistas, como los aeropuertos internacionales de Punta Cana, Higüey y Puerto Plata. Su mandato exige a las aduanas perseguir penalmente la venta y exportación de artesanías elaboradas con especies amenazadas, como aquellas hechas de concha de carey o corales negros, o el tráfico de aves exóticas, regulando así el comercio de souvenirs turísticos.
Acuerdo de Escazú Resulta fundamental para la planificación justa de nuevos y masivos proyectos turísticos, como el desarrollo de Cabo Rojo en Pedernales. Este acuerdo obliga al Estado y a las empresas constructoras a garantizar canales abiertos de información pública y participación social vinculante. Su objetivo en las zonas turísticas emergentes es asegurar que el crecimiento económico no destruya el tejido de las comunidades locales ni privatice de manera ilegal los recursos naturales de los residentes.
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