Publicidad

Frente Amplio somete recurso de inconstitucionalidad contra ley de Reforma Tributaria

Fidel Santana, Virtudes Alvarez y Juan Dionisio Rodríguez Restituyo, dirigentes del Frente Amplio, luego de depositar en el Tribunal Constitucional un recurso de inconstitucionalidad de la ley de Reforma Tributaria. Fidel Santana, Virtudes Alvarez y Juan Dionisio Rodríguez Restituyo, dirigentes del Frente Amplio, luego de depositar en el Tribunal Constitucional un recurso de inconstitucionalidad de la ley de Reforma Tributaria. Fuente externa.

El Frente Amplio depositó un recurso de inconstitucionalidad contra la ley 253-12 de Reforma Tributaria promulgada por el presidente Danilo Medina, al entender que la misma genera una situación de grave desigualdad en perjuicio de los consumidores y contribuye a los actos de impunidad, destruyendo la confianza social en el sistema de derecho.

El  Frente Amplio, en la instancia depositada en el Tribunal Constitucional, pide a los jueces acoger el presente recurso en acción directa de inconstitucionalidad por tener interés legítimo y estar jurídicamente protegido.

Destaca que el presidente de la  República Dominicana, Danilo Medina Sánchez, en comunicación enviada al presidente de la Cámara de Diputados, en fecha 12 de noviembre del presente año, reconoce que la  Ley 253-12 violenta el principio de Igualdad,  sobre todo el artículo 49,  en el cual asegura que podría generar una situación de grave desigualdad en perjuicio de los consumidores.

Declara  no conforme con la Constitución  de la  República Dominicana la Ley 253-12 para el Fortalecimiento de la Capacidad Recaudatoria del Estado, la  Sostenibilidad Fiscal y el Desarrollo Sostenible, por transgredir el principio de igualdad instituido en el artículo 39.1 de la Constitución de la República y 24 de la Convención Interamericana sobre Derechos Humanos; así como los principios de equidad tributaria establecidos en el artículo 243,  los artículos 6, 8, 38, 50, 51, 53, 59, 62, 68, 75.6, 109, 112, 138, 217, 221, 222  y 234,  de la Constitución de la República.

El recurso firmado por Juan Dionisio Rodríguez Restituyo, secretario general y delegado ante la Junta Central Electoral por el Frente Amplio,  advierte que  en fecha 25 de enero de 2012 fue promulgada la Ley No. 1-12, que establece la Estrategia Nacional de Desarrollo 2030, a través de la cual se consigna la necesidad de que las fuerzas políticas, económicas y sociales arriben a un pacto fiscal orientado a financiar el desarrollo sostenible y garantizar la sostenibilidad fiscal a largo plazo, mediante el apoyo a un proceso de reestructuración fiscal integral.

Asimismo, la organización pide declarar la inconstitucionalidad por conexidad, así como la nulidad absoluta de  todos los artículos  de la Ley 253-12 para el Fortalecimiento de la Capacidad Recaudatoria del Estado, la  Sostenibilidad Fiscal y el Desarrollo Sostenible.

Solicita que el tribunal pronuncie la nulidad absoluta de la Ley 253-12, de  fecha 10 de noviembre del año 2012, Para el Fortalecimiento de la Capacidad Recaudatoria del Estado, la  Sostenibilidad Fiscal y el Desarrollo Sostenible, por las razones jurídicas expuestas en las consideraciones y fundamentos de la presente instancia.

El Frente Amplio sustenta la Acción de Inconstitucionalidad en el artículo  185.1 de la Constitución del 26 de enero del 2010, así como en  el artículo 37 de la Ley  137-11.

Considera que el orden jurídico, la Constitución y el Estado de Derecho  que se dan  en una democracia presuponen garantías a los derechos fundamentales  de las personas  en un sistema de igualdad y justicia social e interés general, en el cual los derechos son de todos;  que al reconocer el Gobierno el déficit fiscal por la suma de 187 mil millones de pesos por el uso abusivo y desproporcionado del régimen pasado, no puede una Ley justificarlo en contravía  con las aspiraciones del pueblo dominicano que garantiza la Constitución Dominicana.

Asegura que en un Estado Social y Democrático de  Derecho el control  del poder está  estrechamente  relacionado  con la idea  de que todo  funcionario  público es responsable  de sus actos, ya que siempre debe actuar  dentro de un marco constitucional y legal, y cuando sus actuaciones son contrarias a este ideal son nulas de pleno derecho y por ende debe responder  ante los tribunales.
El Frente Amplio precisa que las actuaciones del Gobierno pasado son actos de irresponsabilidad, que rompen con el concepto de la igualdad de todos ante la  Ley y constituyen actos de impunidad, destruyendo la confianza social en el  propio sistema de derecho, el cual puede salvar este tribunal y otorgar tutela real y efectiva,  declarando nula,  por ser contraria a la Constitución, la Ley 253-12.

Dice que la reforma no crea  situaciones similares  en la  sociedad dominicana, cuando los actores representados en el Consejo Económico y Social, que expresa la concertación social,  con rango constitucional por  el artículo 251 de la Constitución Política, fueron burlados,  no escuchados por el  Gobierno;  provocando  tratos disímiles y fines  diferenciados de lo que debe procurar un buen gobierno democrático que rige los destinos de sus ciudadanos por el crecimiento  y desarrollo en un régimen de igualdad, justicia social, bienestar general; y  los derechos  de todos amparados en el artículo 8 de la Carta  Magna.

De igual modo, sostiene que el Tribunal Constitucional  ha establecido la disposición del artículo 7 de la Ley No. 2569 de 1950, y sus modificaciones, sobre Impuesto a las Sucesiones y Donaciones, que establece un pago para los sucesores residentes en el exterior de un 50% superior al porcentaje que paga un dominicano residente en el país, lo que no resulta conforme al principio de igualdad instituido en el artículo 39.1 de la Constitución de la República, ni al artículo 24 de la Convención Interamericana sobre Derechos Humanos, al consignar una situación tributaria que establece una diferenciación en el pago, penalizando económicamente al sucesor que reside en el exterior, quien tiene que pagar más que el residente en el país, lo cual constituye una discriminación en función al lugar de residencia, violando igualmente el artículo 243 de la Constitución de la República, que consagra los principios constitucionales de igualdad y equidad tributaria.
El Frente Amplio alega que por esa razón procede declarar la inconstitucionalidad del artículo 7 de la Ley No. 2569 de 1950, y sus modificaciones, sobre Impuesto a las Sucesiones y Donaciones, así como también la de los artículos 15 (que establece el pago del recargo del 50% para las donaciones); 16, párrafo IV (que considera dominicano no residente en el país y  sujeto al recargo del 50%, a los dominicanos con más de un año fuera del país); y 20 (que subclasifica en cuatro categorías a los beneficiarios de donaciones, incluyendo el pago del recargo del 50% a los donatarios residentes en el exterior), los cuales resultan inconstitucionales por conexidad, de conformidad con la facultad que le confiere.

El Frente Amplio asegura que la ley es contraria a la  Constitución porque  no recorrió el procedimiento  para  acciones económicas como esta  y  que establece  la Ley No. 1-12, de Estrategia Nacional de Desarrollo,  que  al igual que la Constitución procura  mejorar la eficiencia, transparencia y equidad de la estructura tributaria y elevar la presión tributaria para viabilizar el logro de los objetivos de desarrollo sostenible formulados en la Estrategia Nacional de Desarrollo 2030.
Asimismo, sostiene que el Gobierno  impuso  la reforma sin cumplir con el procedimiento previsto en la Constitución  mediante el Consejo  Económico y Social y la propia Ley de Estrategia Nacional de Desarrollo, que procura la participación de los más amplios sectores sociales y políticos del país.

Advierte que el artículo 112 de la Constitución establece la naturaleza de las leyes orgánicas que tienden a regularizar los derechos fundamentales, el régimen económico-financiero, el Presupuesto, la planificación,  inversión pública y la organización territorial, entre otros temas.

Destaca que la ideología plasmada  en nuestra Constitución,  como dirección  y fundamento económico, se orienta  hacia la búsqueda del desarrollo  humano, mediante el crecimiento económico, la redistribución  de la riqueza, la justicia social,  la equidad, la cohesión social y territorial y la sostenibilidad ambiental; en un marco de libre competencia, igualdad de oportunidades, responsabilidad social, participación y solidaridad, consagrado en el artículo 217 de  la Carta Magna.

Precisa la organización opositora que por ser leyes  de naturaleza orgánica  procuran la utilidad pública e interés social,  la productividad y competitividad, la libre competencia,  libertad, igualdad,  dirección económica del Estado,  la función social de la propiedad,  promoción de la prosperidad, entre otros derechos que consagra la Constitución y deben ser el consenso de todos los actores del Estado.

El Frente Amplio considera que el Gobierno Dominicano, actuando contrario a la Constitución,  así como el  Congreso Nacional, se hizo aprobar una ley que violenta la Carta Magna, mediante un procedimiento  contrario al establecido en la misma Constitución  y los reglamentos del Poder Legislativo.

Entiende que al  aprobar  la presente  Ley con una mayoría ordinaria, no calificada, como está claramente  establecido en la Constitución Dominicana, hace esta Ley 253-12  contraria a la Constitución y, por lo tanto, debe ser derogada.
Asegura que la Ley 253-12 violenta principios  fundamentales como el de igualdad, legalidad  presupuestaria,  principio de sinceridad, integridad, transparencia  y publicidad, eficiencia  y  prioridad para la sostenibilidad económica, consagrado en numerosas leyes que sirven de base para la aplicación de las normas constitucionales.

 

Información adicional

volver arriba

Secciones

Noticias Regionales

Nosotros

Síguenos

MunicipiosAlDia Alianzas