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Red denuncia condiciones inhumanas en que deportan haitianos

Red denuncia condiciones inhumanas en que deportan haitianos Fuente externa.

Acusa al director de Migración, José Ricardo Taveras Blanco, de ser el responsable del proceder que contradice la legalidad vigente y pone en grave riesgo la integridad física y la vida de las personas repatriadas.

Encerrados como prisioneros, hacinados, en vehículos que rozan el desastre y sin respetar los más mínimos derechos de las personas deportadas son repatriados los nacionales haitianos por parte de la Dirección General de Migración.


De acuerdo con denuncia de la Red Fronteriza Jano Sikse, la situación fue contactada en una reciente repatriación de 54 personas, 43 hombres y 11 mujeres.

De acuerdo con la entidad denunciante, aún a pesar de que el artículo 135 del Reglamento de Migración 631-11 expone que la violación de normas migratorias es de carácter administrativo y por lo tanto no es una privación de libertad que responda a un carácter punitivo, los inmigrantes indocumentados son expulsados en condiciones atentatorias a sus derechos.

"En los diferentes monitoreos que la Red Fronteriza Jano Sikse viene realizando, se puede constatar el proceder y las formas violatorias de los derechos humanos con las que las autoridades dominicanas tratan a las personas en los procesos de expulsión. Además de realizar repatriaciones colectivas, prohibidas por el derecho internacional, la Dirección General de Migración no entrega a ningún repatriado una copia individualizada de su orden de expulsión, no da asistencia jurídica durante la retención en Haina, no brinda información sobre el proceso de deportación a las personas migrantes y posteriormente, después de más de cuatro horas de trayecto, les abandonan a merced de los buscones en las puertas fronterizas sin avisar a las autoridades consulares de su país de origen para que les presten la atención médica o psicológica que precisen", expresa la entidad en un comunicado de prensa.

Explica que las acciones mencionadas con anterioridad contradicen claramente las leyes migratorias de República Dominicana (Ley 285-04, reglamento 631-11), la Constitución Dominicana (artículos 8 y 40), la Convención Interamericana (artículos 1, 2, 24 y 25), la Declaración de Derechos Humanos (artículos 2, 3, 6, 7, 8, 9, 10, 11, 12 y 17), el protocolo de entendimiento en las repatriaciones de 2 de diciembre de 1999 entre República Dominicana y Haití (epígrafes a, b, d, e y f), además de las sentencias de la Corte Interamericana de Derechos Humanos y Tratados Internacionales legítimamente firmados por nuestro país.

 

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