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Migración repatria 27 personas, entre ellas una menor

Migración repatria 27 personas, entre ellas una menor Fuente externa.

La entidad denunciante recordó que en República Dominicana la convención de los derechos del niño entro en vigor el 11 de julio de 1991, reafirmando la necesidad de dar cuidado y asistencia especial a los niños y niñas, en razón de su vulnerabilidad.

La Dirección General de Migración (DGM) realizó la repatriación de 17 hombres, 9 mujeres y una menor, en el día que la Asamblea General de las Naciones Unidas (ONU) recomendó que se instituyera en todos los países un Día Mundial de la Infancia para celebrar la fraternidad entre todos los niños y niñas y promover su bienestar.

La denuncia la hace la Red Fronteriza Jano Sikse que considera que la acción contraviene con la celebración del día universal de la infancia y los derechos de los niños y niñas.

"En general, podemos decir que en estos 22 años desde la Ratificación de la Convención sobre los Derechos de la Niñez, el país ha avanzado en lo que respecta a contar con una legislación nacional para la Protección de los Derechos Fundamentales de Niños, Niñas y Adolescentes, estableciendo el compromiso del Estado en garantizar  la protección de los Derechos Fundamentales de Supervivencia, Desarrollo, Participación y  Protección Especial de los niños y niñas a través del establecimiento de un Sistema Nacional de Protección", manifestó la red en un parte de prensa.

Explica que el sistema de protección, teniendo como parámetro las imágenes captadas por los monitores de la organización en Elías Piña, "choca frontalmente con la política del actual Director General de Migración, José Ricardo Taveras, que no cumple con la normativa nacional vigente y con los convenios internacionales legítimamente firmados por nuestro país cuando esos niños son de nacionalidad haitiana".

"Ayer fuimos testigos, una vez más, de la violación de los derechos de una niña que fue detenida en Santo Domingo, retenida en Haina, transportada en un vehículo sin condiciones de seguridad hacia Comendador y abandonada junto a su madre tras la línea que divide ambos países.  En este caso, como en el total de los casos de los migrantes expulsados, ninguno tuvo la oportunidad de impugnar o apelar las órdenes de deportación, aunque el derecho a un debido proceso está consagrado en el art. 69 de la Constitución de 2011", reprochó.

La red insiste en la obligatoriedad por parte de la Dirección General de Migración de cumplir con el  artículo 22.9 de la Convención Americana, el cual prohíbe de manera específica los procesos de expulsiones colectivas, estableciendo procedimientos para garantizar el acceso a un debido proceso en el caso de las expulsiones individualizadas.

"Así mismo pedimos al gobierno del presidente Danilo Medina que cumpla con la función esencial de un estado de derecho y se garantice la protección efectiva de los derechos de las personas, en especial de los niños, niñas y adolescentes, y el respeto de su dignidad", manifiesta la Red Fronteriza Jano Sikse.

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