El barrio mal llamado "informal"
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Danilo Minaya.
Cada vez que se suele hablar de un barrio popular, aparece acompañado por calificativos como "ilegal", "informal" o "asentamiento irregular". Estas palabras parecen describir una condición objetiva, pero en realidad expresan una forma particular de mirar la ciudad. Más que explicar el problema, desplazan la responsabilidad hacia quienes habitan esos territorios y ocultan las causas estructurales que explican por qué miles de familias terminan construyendo sus viviendas fuera de los procesos formales de urbanización.
En RD, este debate cobra especial importancia tras la promulgación de la Ley núm. 368-22 sobre Ordenamiento Territorial, Uso de Suelo y Asentamientos Humanos, cuyo propósito es orientar el crecimiento urbano, promover un desarrollo territorial equilibrado y fortalecer la planificación en todos los niveles del Estado. La ley reconoce la necesidad de ordenar el territorio bajo criterios de sostenibilidad, resiliencia, equidad y coordinación institucional. Sin embargo, su implementación enfrenta un desafío fundamental: gran parte del crecimiento urbano ya ocurrió bajo condiciones de desigualdad estructural y ausencia de acompañamiento estatal.
Henri Lefebvre afirmaba, el espacio urbano es una producción social. La ciudad no surge únicamente de planos, reglamentos o inversiones inmobiliarias; también es el resultado de relaciones de poder, decisiones políticas y procesos económicos. Desde esa perspectiva, el derecho a la ciudad significa mucho más que habitar un espacio físico, implica participar en la producción y transformación de la ciudad en condiciones de igualdad.
David Harvey desarrolla esta idea señalando que el derecho a la ciudad constituye un derecho colectivo para transformar tanto el espacio urbano como la sociedad misma. Cuando determinados sectores concentran inversiones, infraestructura, espacios públicos de calidad y oportunidades económicas, mientras otros permanecen rezagados durante décadas, estamos frente a un problema de justicia territorial y no simplemente de pobreza.
Santo Domingo ofrece múltiples ejemplos de esta fragmentación. La avenida Gregorio Luperón, especialmente en Santo Domingo Oeste, funciona en muchos tramos como una frontera social invisible. Al cruzarla, cambian las características del espacio público, la calidad de las aceras, la arborización, el acceso a equipamientos, la infraestructura vial y, en muchos casos, las condiciones de la vivienda. Lo mismo puede observarse en otros puntos del Gran Santo Domingo, donde sectores de “Clase Alta” conviven, a pocos metros, con barrios que históricamente han recibido una atención pública insuficiente.
Estas diferencias no obedecen exclusivamente a la capacidad económica de las familias. Son el resultado acumulado de decisiones sobre dónde invertir, qué infraestructuras priorizar y cuáles territorios integrar plenamente a la ciudad. El espacio urbano refleja las desigualdades sociales, pero también las reproduce.
Resulta insuficiente continuar hablando de "barrios informales". La urbanista Ananya Roy sostiene que la informalidad no constituye una condición exclusiva de los sectores populares, sino una forma mediante la cual el propio Estado regula de manera diferenciada el territorio. Algunas intervenciones reciben excepciones, flexibilizaciones o cambios normativos, mientras otras son catalogadas inmediatamente como ilegales. La informalidad, en este sentido, también es una construcción social e institucional.
De igual manera, John F. C. Turner demostró que las comunidades poseen una enorme capacidad para producir vivienda y ciudad cuando cuentan con apoyo técnico, financiamiento y seguridad jurídica. La auto construcción no representa necesariamente un fracaso de la planificación; muchas veces constituye la respuesta de las familias ante la inexistencia de alternativas accesibles dentro del mercado formal o regulado.
En numerosos barrios existen organizaciones comunitarias, juntas de vecinos, redes religiosas, asociaciones deportivas y mecanismos de solidaridad que regulan buena parte de la vida cotidiana. Estos territorios poseen normas propias de convivencia, economías locales y formas de cooperación que permiten sostener la vida comunitaria. No existe ausencia de orden, existe un orden construido desde las propias comunidades.
Jan Gehl recuerda que la ciudad adquiere sentido a partir de la vida que ocurre entre los edificios. La calidad urbana no depende exclusivamente del diseño físico, sino de las relaciones humanas que ese espacio posibilita. En muchos barrios populares la interacción vecinal, el uso permanente de las calles y la apropiación colectiva del espacio constituyen fortalezas que deberían ser reconocidas por las políticas públicas.
La aplicación de la Ley 368-22 no debería limitarse al control del uso del suelo o a la fiscalización de nuevas edificaciones. Su verdadero potencial reside en convertirse en una herramienta para promover justicia territorial mediante programas permanentes de mejoramiento barrial, regularización progresiva, asistencia técnica para la auto construcción, incorporación de normas de sismo resistencia, gestión integral del riesgo y participación ciudadana en la planificación local.
Las construcciones que hoy suelen calificarse como "ilegales" son, en muchos casos, la expresión física de una deuda histórica del Estado con amplios sectores de la población. La ausencia de planificación pública fue reemplazada por la planificación cotidiana de las propias comunidades. Allí donde no llegó el urbanismo institucional, surgió la producción social del hábitat.
El verdadero desafío consiste en abandonar el lenguaje de la estigmatización para construir un nuevo paradigma urbano basado en derechos. No se trata de legitimar construcciones inseguras ni de renunciar a la regulación, sino de reconocer que la regulación solo será efectiva si viene acompañada de inclusión, asistencia técnica y oportunidades reales para acceder a una vivienda digna.
Las ciudades dominicanas no necesitan más fronteras invisibles entre barrios "formales" e "informales". Necesitan políticas públicas capaces de cerrar las brechas territoriales, distribuir de manera más equitativa las inversiones y reconocer que el derecho a la ciudad comienza cuando todos los ciudadanos pueden participar en la construcción de un hábitat seguro, digno y socialmente integrado.
No existen ciudades informales; existen ciudades desigualmente formalizadas por el Estado.
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