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Economista defiende base legal para posponer elecciones de mayo de 2020

Según el economista Faustino Collado existen sufientes razones para posponer las elecciones generales presidenciales y congresuales del próximo mes de mayo de 2020, pospuestas este lunes por una resolución de la Junta Central Electoral (JCE).

“Existen suficientes razones materiales- legales para posponer las elecciones generales ordinarias del 17 de mayo” afirmó Collado para explicar algunas de las expuestas en la Resolución 42-2020 de la JCE, argumentando que dicha resolución está llena de conceptos y textos que sobran.

Collado afirma que los numerales del artículo 18 de las funciones del Pleno de la JCE, pero según su criterio explicó en cuatro puntos los razonamientos jurídicos para la posposición.

Primero explicó que “El artículo 209 de la Constitución, sobre las Asambleas Electorales, es el que fija las fechas de las elecciones, refiriéndose a la posición del jurista Cándido Simón quien afirmó “que no se pueden cambiar por ser un mandato constitucional”, pero no según Collado no es así.

El investigador que expuso sus planteamientos en el Foro de Municipalistas, se refirió en segundo lugar al mismo artículo 209, en su numeral 2 dice que "Las elecciones se celebrarán de acuerdo a la ley...", lo que da ese poder a la Ley Electoral.

En el tercer punto detalló que “lo fundamental, sin embargo, es lo siguiente: el numeral 3 del mismo artículo 209 dice: "En los casos de elecciones extraordinarias...". ¿ Cuales son estas? Las que se celebren en otras fechas que no sean el tercer domingo de febrero y el tercer domingo de mayo, que, por deduccion, pasan a ser las ordinarias.”

El catedrático universitario como cuarto punto afirmó que “en atención a este texto constitucional, 209.3, que la Ley de Régimen Electoral No. 15-19, establece en su articulo 18, numeral 7, sobre las atribuciones de la JCE, lo siguiente: "Convocar elecciones extraordinarias cuando proceda, de acuerdo a la Constitución y la ley", por lo que según él eso fue lo que puseo en en aplicación el Pleno de la Junta.

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