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Declaran en Emergencia 8 provincias para compras y contrataciones por paso de Fiona

El Poder Ejecutivo emitió la orden en el decreto 537-22. El Poder Ejecutivo emitió la orden en el decreto 537-22.

Los bienes y servicios serán utilizados en las labores de ayuda humanitaria, rescate, construcción y reconstrucción de obras como consecuencia de los daños ocasionados por los torrenciales aguaceros provocados por el paso de Fiona.

El decreto aclara que el Poder Ejecutivo podrá incluir otras provincias dentro de la declaratoria de emergencia, previo al levantamiento de los daños ocasionados a las comunidades ubicadas en las provincias afectadas.

Se autoriza a realizar procesos de compras y contrataciones, bienes, servicios y obras a través de la excepción de emergencia nacional  a las siguientes instituciones: 

  • Ministerio de Salud Pública 
  • Ministerio de Educación
  • Ministerio de Agricultura
  • Instituto Nacional de Estabilización de Precios (Inespre)
  • Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones (MOPC)
  • Ministerio de la Vivienda
  • Ministerio Administrativo de la Presidencia
  • Ministerio de Turismo
  • Servicio Nacional de Salud
  • Programa de Medicamentos Esenciales (Promese-Cal)
  • Plan de Asistencia Social de la Presidencia
  • Comedores Económicos del Estado Dominicano
  • Comisión Presidencial de Apoyo al Desarrollo Provincial
  • Comisión Presidencial de Apoyo al Desarrollo Barrial
  • Instituto Nacional de Agua Potable y Alcantarillado (Inapa)
  • Instituto Nacional de Recursos Hidráulicos (Indrhi)
  • Corporación de Acueductos y Alcantarillado de Santo Domingo (Caasd)
  • Empresa de Transmisión Eléctrica (ETED)
  • Empresa Distribuidora de Electricidad del Este (EdeEste)
  • Empresa Distribuidora de Electricidad del Norte (EdeNorte)
  • Defensa Civil 

Las instituciones indicadas deben rendir un informe detallado a la Contraloría General de la República y a la Cámara de Cuentas, debiendo difundirlo a través del Portal de Ia Institución, así como en el Portal Transaccional dentro de los quince (15) días calendarios después de satisfecha la necesidad provocada por la situación de emergencia.

La declaratoria de estas contrataciones de emergencia nacional tendrá una duración de 30 días a partir de la emisión del presente decreto.

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