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Diputados convierten en Ley proyecto de Alquileres de Bienes Inmuebles y Desahucios

La pieza es de autoría del presidente de la Cámara de Diputados, Alfredo Pacheco. La pieza es de autoría del presidente de la Cámara de Diputados, Alfredo Pacheco.

La Cámara de Diputados convirtió en Ley el proyecto de Alquileres de Bienes Inmuebles y Desahucios, tras acoger las modificaciones que hiciera el Senado de la República a la pieza.

La iniciativa tiene por objeto regular las relaciones, condiciones y obligaciones jurídicas que se originen en el alquiler de bienes inmuebles destinados a la vivienda, al comercio o actividades sin fines de lucro.

Alfredo Pacheco, presidente del órgano legislativo, dijo que a pesar de las modificaciones que la pieza sufrió en el Senado, la misma sigue manteniendo un equilibrio entre los inquilinos y los propietarios.

En su artículo 2 establece que esta ley es de aplicación general en todo el territorio nacional y rige para los contratos de alquiler, con las excepciones siguientes: Las fincas rurales; las pensiones y hospedajes; los parques o empresas de zonas francas que operan bajo la ley. Vigente: Los alquileres de inmuebles con fines turísticos o recreativos, cuya duración sea no mayor de noventa días; los bienes del Estado dados en alquiler o arrendamiento; cualquier actividad comercial regida por ley especial.

Así mismo, se establece en otro artículo que el contrato de alquiler es el acto mediante el cual las partes se obligan recíprocamente, una, a conceder el uso y goce temporal de un bien inmueble, y la otra, a pagar un precio cierto y determinado. Quien cede el uso y goce del bien inmueble se denomina propietario o arrendador, y el que paga el precio, inquilino o arrendatario.

 

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