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Pastor presenta Acción de Amparo en contra de embajador de los EEUU

El reverendo agrega que según la Convención de Viena, las actuaciones de un embajador y la misión diplomática en general, en un determinado país, siempre serán limitadas y se ejercerás respetando las leyes del Estado receptor, sin alterar la paz, y que en caso contrario, el Estado receptor podrá declararlo persona Non Grata, de conformidad con el artículo 23 de dicha Convención.

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