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Proconsumidor pide a Suprema Corte de Justicia anular sentencia

Autoridades de Proconsumidor, encabezadas por su directora ejecutiva, Altagracia Paulino, se disponen a depositar el recurso de casación por ante la Suprema Corte de Justicia. Les acompañan representantes de asociaciones de consumidores del país. Autoridades de Proconsumidor, encabezadas por su directora ejecutiva, Altagracia Paulino, se disponen a depositar el recurso de casación por ante la Suprema Corte de Justicia. Les acompañan representantes de asociaciones de consumidores del país. Fuente externa.

Al lugar acudieron representantes de asociaciones de consumidores que respaldan moralmente a Proconsumidor por tratarse de una entidad pública creíble y que actúa apegada a los principios de la Constitución de la República y las leyes adjetivas, sobre todo la Ley 358-05 de Protección de los Derechos del Consumidor.

 

El Instituto Nacional de Protección de los Derechos del Consumidor depositó ante la Suprema Corte de Justicia un recurso de casación solicitando la anulación de la sentencia a favor de la empresa Propagas que desconoce la facultad de Proconsumidor a imponer multas a proveedores que cometen irregularidades y violación de la Ley 358-05 de Protección de los Derechos del Consumidor y Usuarios.

La directora ejecutiva de Proconsumidor, Altagracia Paulino, acudió personalmente por ante la Secretaría del Tribunal a depositar el recurso de casación acompañada del Consultor Jurídico de esa institución, Félix Pujols y David La Hoz.

Conforme el recurso de casación, Pro Consumidor sostiene que el fallo emitido por el Tribunal Superior Administrativo está lleno de contradicciones, sobre todo que es contraproducente en relación a los postulados de la Constitución de la República y la Ley 358-05.

La sentencia que quita potestad sancionadora a Pro Consumidor fue emitida por la Segunda Sala del Tribunal Superior Administrativo, integrado por la magistrada Delfina Ampara de León Salazar Sergio Ortega y Mildred Hernández Grullón el pasado  29 de mayo de 2013.

En cambio, Paulino afirmó que Ley 358-05 que creó a Pro Consumidor facultad esa institución para actuar como tribunal de primera instancia en los casos de denuncias hechas por los consumidores frente a violaciones de sus derechos establecidos  en la ley y en la  Constitución.

Al depositar por secretaría  el recurso de casación ante la Suprema Corte de Justicia, Paulino dijo que cuando un consumidor se siente estafado  por un  proveedor y  se dirige a Pro  Consumidor lo que realmente está haciendo es depositando una querella ante un organismo preventivo y sancionador.

Afirmó que entre las  funciones de Tribunal Administrativo  en el artículo 175 le da la potestad a administraciones que funcionen como primera instancia como lo es  Pro Consumidor y otras instituciones gubernamentales, de  actuar como receptor de la querella a fin de aplicar disposiciones preventivas y sancionadoras.

"El Tribunal Superior Administrativo (TSA)  es una instancia para conocer  los procedimientos con los cuales se produjo una medida  sancionadora. Es un tribunal del Estado, para garantizar los derechos públicos. Para conocer los errores, las penalidades, todo los que pueda hacer una administración en contra de los ciudadanos", dijo Altagracia Paulino

Manifestó que la ley de 358-05 establece varios pasos antes de recurrir a otra instancia, en el caso de los propietarios de Propagas, ellos no recurrieron a esos pasos, pero tampoco la Segunda Sala del Tribunal Superior Administrativo  le requirió a esa empresa agotar esos procedimientos,  lo cual resulta sorprendente.

Dijo que el fallo dado por el TSA  viola la Constitución en materia de derechos colectivos y la 358-05  de protección de los derechos de los consumidores

"Por esas razones estamos depositando el recursos de casación ante la Suprema Corte de Justicia en este día,   para requerirle la anulación del fallo emitido por el Tribunal Superior Administrativo, que le quita la facultad la potestad sancionadora a Pro Consumidor como se establece en  la Ley 358-05", enfatizó Altagracia Paulino.

Además, la directora de Proconsumidor dijo que ese fallo viola los derechos de los consumidores y la Constitución, porque es garante de los derechos colectivos, los derechos, humanos y los derechos de consumo y cuando lo que están en juego son los interese de los ciudadanos se viola la Constitución, recalcó.

En Pro consumidor se establece un procedimiento en el cual una denuncia o querella se acoge, se estudia, se citan las partes por acto de alguacil y se concilia, se envía a la consultoría jurídica y luego al Consejo Directivo que dirige la institución para que emita una resolución la cual se puede recurrir, antes de llevarlo a los tribunales ordinarios.

En el caso de los propietarios de Propagas ellos saltaron todos los procedimientos establecidos en Proconsumidor, indica el organismo.

De su lado, varias asociaciones defensoras de los consumidores consideración la sentencia emitida por el Tribunal Administrativo Superior como arbitraria porque ya ante ese tribunal emitió fallo condenatorio a otras 16 empresas envasadoras de GLP.

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