DGII suspende cobro y recargos de residuos sólidos hasta reforma de la ley
- Escrito por Mabel Rivas
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Dirección General de Impuestos Internos.
La Dirección General de Impuestos Internos (DGII) suspenderá el cobro y la aplicación de recargos relacionados con la contribución por residuos sólidos hasta que el Congreso Nacional apruebe una modificación a las tarifas establecidas en la legislación vigente.
El acuerdo fue alcanzado durante una reunión en la que participaron el presidente del Senado, Ricardo de los Santos; el presidente de la Cámara de Diputados, Alfredo Pacheco; el ministro de Industria, Comercio y Mipymes, Eduardo Sanz Lovatón; y el director general de la DGII, Pedro Urrutia, junto a representantes del sector comercial que han manifestado su rechazo a las tarifas actuales.
La medida se produce mientras el Congreso tramita cambios a la Ley 225-20, modificada por la Ley 98-25, cuyos montos han sido calificados como excesivos por distintos gremios empresariales.
Términos del acuerdo alcanzado
Entre los puntos principales del entendimiento, se establece que las declaraciones juradas correspondientes al año fiscal 2025 deberán presentarse con normalidad. Los contribuyentes podrán iniciar desde ahora la presentación del formulario IR-2, el pago del 1% de los activos productivos y los anticipos correspondientes.
Asimismo, se dispuso que el valor correspondiente a la contribución por residuos sólidos no será exigido el 30 de abril, aun cuando el sistema genere autorizaciones de pago por ese concepto. La suspensión se mantendrá mientras el Congreso aprueba las nuevas tarifas.
Otro punto clave establece que la DGII ajustará sus sistemas para evitar la generación de penalidades o recargos por el no pago de la contribución durante este período de transición, garantizando que los contribuyentes no resulten afectados mientras se concreta la reforma legislativa.
Finalmente, el acuerdo contempla que los contribuyentes que ya realizaron pagos por montos como los RD$675,000 establecidos en la normativa vigente recibirán un crédito fiscal por la diferencia entre lo pagado y la nueva tarifa que resulte tras la modificación de la ley.
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