Nueva ley de tránsito sin Vacatio Legis
- Escrito por Wanchy Medina
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Es provechoso señalar que los artículos 336 y siguientes de la nueva ley, indican plazos para disolver entidades, crear reglamentos y mandatos determinados a cumplir.
Ha sido recibida con gran satisfacción la nueva Ley 63-17 de Movilidad, Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial, en razón de lo cansado que estaba el país de la antiquísima, y ya infuncional Ley 241.
El Congreso Nacional ha producido una de las leyes más importante del país, y en este caso, para normar la desorganización en el sector transporte, y más allá.
Con su promulgación, el pasado 21 de febrero, la ley Movilidad, Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial, la cual tendremos que simplificar y llamarle Ley de tránsito, entró en vigencia en todo el país en la modalidad indicada el artículo 1 del Código Civil Dominicano: Las leyes, se reputarán conocidas en el Distrito Nacional, el día siguiente al de la publicación; y en todas las Provincias que componen el resto del territorio nacional, el segundo día.
No necesariamente las leyes entran como indica el precedente artículo citado, por esto, se conoce como Vacatio Legis al tiempo transcurrido entre la promulgación de una ley y su entrada en vigencia: Ya que resulta que las leyes pueden diferirse su entrada en vigencia y reputada como conocida por un tiempo que debe regir en la misma ley.
La nueva ley de tránsito, por tratarse de una legislación que cambia totalmente la práctica jurídica del país, y que jurídicamente no es posible adecuarla inmediatamente, era prudente haberle introducido un Vacatio Legis para hacer los ajustes pertinentes.
Muchos juristas no recomiendan este hiato legal, en razón, de qué “Con esto se crea un vacío legal temporal, […] y en materia procesal no se recomienda la “vacatio legis
porque coexisten dos leyes procesales, el antiguo y el nuevo”.
Sin embargo, cuando una ley impacta y hace cambios radicales como el caso de la especie, un vacatio para moderar la entrada en vigencia no dañaba la gran norma que ha parido el Congreso Nacional.
De todas formas, es pertinente saludar la nueva ley de tránsito, y exigir su cumplimiento.
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